Sociedad Española de Psiquiatría Legal

Newsletter

Marzo 2010

 

Este boletín es una compilación de noticias y artículos accesibles en Internet y no implica ningún posicionamiento por parte de la Sociedad Española de Psiquiatría Legal

Nota: La totalidad de los vínculos incluidos en este boletín es accesible incluso para quienes no estén suscritas a las revistas de las que proceden.  En no pocas ocasiones, se trata de artículos publicados hace más de un año (condición indispensable para poder acceder a ellos gratuitamente), pero los hemos considerado de interés suficiente para incluirlos.  En algunos casos se requerirá al visitante que se registre.  Esta operación, por lo general, se lleva a cabo rápidamente y no supone ningún compromiso.  Además, permite acceder directamente en el futuro a la revista de que se trate. 

Confiamos en que los contenidos que sugerimos resulten lo suficientemente interesantes como para superar las posibles reticencias del lector respecto del registro.

 

Índice

Noticias y Artículos

 

AdiccionesLa necesidad sanitaria de una ley del alcohol - El consumo de cannabis aumenta el riesgo de psicosis - Una escala para evaluar la adicción al trabajo - La capacidad adictiva de los alimentos altos en calorías es comparable a la del tabaco o las drogas - ¿Es responsable la nicotina de la adicción al tabaco? 

Capacidad y consentimientoVarias decisiones judiciales sobre consentimiento e información

Cárcel y Salud Mental Penitenciaria: Más del 20% de los reclusos de cárceles españolas padece alguna forma de patología psiquiátrica - La necesidad de la formación en salud mental para los profesionales del sistema policial y penal

ConfidencialidadLa Audiencia Nacional ratifica la sanción de la AEPD al SCS por difundir datos por 'eMule'

CriminologíaAsesinato – suicidio: Una revisión

Ética y Derechos Humanos: La exigencia de transparencia sobre conflictos de intereses en las facultades de Medicina - Suicidio asistido

Familia: Un fallo exculpa a un hombre de desatención a su madre y reprocha la descoordinación entre servicios en la atención a ancianos

FármacosAbuso de quetiapina… y de otros psicofármacos - Riesgos de la exposición a ISRS en vida intrauterina - …y riesgos a largo plazo de no tratar la depresión durante el embarazo.

LegislaciónAprobada la Ley de Dignidad ante el Proceso de Muerte - Baremo de 2010… y a la espera de un nuevo baremo realmente actualizado - Medidas para mejorar la efectividad de la Ley de Dependencia

ProfesiónMédicos, enfermería y competencias

Responsabilidad ProfesionalAbsolución de un centro psiquiátrico en el suicidio de un paciente - Un futuro registro nacional de errores

Salud LaboralMobbing en la Administración

Sexopatología y delitología sexual“Drogas de violación” - “Sexsomnia” como eximente - Abusaron de mí, aunque no lo recuerde - Un protocolo para el manejo de las agresiones sexuales en las plantas de Psiquiatría 

Suicidio: Multiparidad como factor protector frente al suicidio

TráficoDificultades para determinar quién puede conducir

Trastorno antisocial de personalidad: Dopamina y conducta antisocial

Violencia: Neuropsicología de la agresión impulsiva - Sentencias por violencia contra sanitarios

 

Documentos en Internet: Comité de Bioética de Cataluña - Los riesgos psicosociales del trabajo en Europa

 

Congresos:

XIX Congreso Nacional de la Sociedad Española de Psiquiatría Legal

10th Annual IAFMHS Conference

XI Congreso Internacional de Estrés Traumático y Trastornos de Ansiedad 
American Academy of Psychiatry and the Law, 41st Annual Meeting
 

Libros: La responsabilidad civil de los centros sanitarios

 

Y para terminarReserpina: De la Medicina Ayurvédica a la Teoría Monoaminérgica de la Depresión

 

 

Noticias y Artículos

 

Adicciones

 

La necesidad sanitaria de una ley del alcohol.  Un artículo de JMJ en Diario Médico informa de que Julio Bobes, presidente de la Sociedad Científica Española de Estudios sobre el Alcohol, el Alcoholismo y otras Toxicomanías (Socidrogalcohol) ha considerad insuficientes las medidas informativas, educativas y de sensibilización social para frenar el consumo de alcohol que la ministra de Sanidad y Política Social, ha anunciado en las últimas semanas como alternativa a la puesta en marcha de una ley específica. Este paquete de iniciativas no es eficaz para retrasar la edad de inicio en la ingesta, según el profesor Bobes, quien argumenta que "el cerebro humano no alcanza su madurez, su desarrollo intelectual completo, hasta los 20-22 años, por lo que resulta necesario prestar especial atención a la protección de los adolescentes antes de que alcancen esta edad, para que el consumo de alcohol en las proporciones abusivas habituales en la actualidad no frenen su desarrollo".  Por consiguiente estima necesaria una ley "por motivos técnicos y sanitarios".  Interesante punto de vista, que cabe poner en relación con la errática y confusionante legislación española acerca de la capacidad del adolescente, a la que nos referimos en otro boletín y que se complica, por cierto, con el anuncio del director general de Tráfico de que el permiso para conducir acompañado de un adulto con 17 años "al final" llegará a España.

El consumo de cannabis aumenta el riesgo de psicosis.  Una investigación de los australianos McGrath y asociados publicada los Archives of Psychiatry y de la que se hace eco Jano.es ha encontrado que los adultos jóvenes que han utilizado cannabis o marihuana durante un periodo prolongado son más propensos a tener alucinaciones o ilusiones o a reunir criterios de psicosis.  Los autores estudiaron a 3.081 jóvenes adultos nacidos entre 1981 y 1984 y les preguntaron, cuando tenían una media de 20,1 años, sobre su consumo de cannabis en los años previos, al tiempo que exploraban la presencia de síntomas psicóticos.  Un total de 65 participantes en el estudio recibieron un diagnóstico de 'psicosis no afectiva', como esquizofrenia, y 233 tuvieron al menos un síntoma alucinatorio.  Los autores pudieron correlacionar la psicosis con un consumo prolongado.  Además, al evaluar la relación entre el consumo de cannabis y los síntomas psicóticos entre un subgrupo de 228 parejas de hermanos se observó que la asociación persistía, lo que se interpretó como un indicador de que podía descartarse que la relación entre consumo y psicosis se debiera a influencias compartidas de índole genético y/o ambiental no medidas en el estudio.

Una escala para evaluar la adicción al trabajo.  Del Líbano y asociados presentan en Psicothema un estudio de valoración de la DUWAS (Dutch Work Addiction Scale).

La capacidad adictiva de los alimentos altos en calorías es comparable a la del tabaco o las drogas, según un estudio de Johnson y Kenny publicado en Nature Neuroscience.  Los autores encontraron que el consumo excesivo de alimentos altos en calorías puede desencadenar en el cerebro de ratas respuestas similares a la adicción, de modo que la comida basura puede convertir a los roedores en comedores compulsivos en marco experimental.  Comentario en Europa Press.  La comparación con el tabaco va más allá que el aspecto meramente adictivo.  En los Archives of Internal Medicine encontramos un trabajo de Duffey y colaboradores en el que se sigue durante 20 años a 5115 varones jóvenes participantes en el estudio CARDIA (Coronary Artery Risk Development in Young Adults).  Los autores observaron que el incremento del precio de las bebidas gaseosas o la pizza se traducían en una mejoría en parámetros metabólicos, lo que sugiere que la manipulación del coste de estos productos a través de los impuestos podría tener consecuencias favorables para la salud.  El razonamiento resultará familiar a los fumadores que ven sucesivamente incrementado el precio de sus cigarrillos.

¿Es responsable la nicotina de la adicción al tabaco?  Un estudio realizado con PET por investigadores de la Universidad de Duke, en EEUU, que publica PNAS y sobre el que informaelmedicointeractivo.com, ha encontrado que en los fumadores dependientes la nicotina pasa más tiempo en los pulmones y tarda más en acumularse en el cerebro.  Los autores interpretan que la adicción no se debe únicamente a la acumulación de nicotina en el cerebro, por lo que podría justificarse por otros factores como el hábito conductual o determinadas a señales sensoriales.

Capacidad y consentimiento

 

Varias decisiones judiciales sobre consentimiento e información.  Recogemos del siempre eficaz y útil Diario Médico algunas sentencias recientes sobre esta materia que no dejan de ser llamativas. Marta Esteban informa que una sentencia de un juzgado contencioso de Santiago de Compostela establece que la escasa incidencia de un determinado riesgo justifica que no tenga que ser incluido en el documento de consentimiento informado.   De esta manera ha resuelto absolver a la Administración de la demanda interpuesta por un paciente que sufrió una ceguera tras ser sometido a una coronariografía a pesar de que el documento de información que se entregó al enfermo no incluía como posible riesgo el daño sufrido.  La sentencia indica que, según los peritos, se trata de una "complicación realmente infrecuente e inevitable que no implica una mala praxis y que habitualmente es reversible". Por ello, se afirma que el paciente "fue debidamente informado de los riesgos inherentes, en cuanto típicos, de la prueba diagnóstica proyectada que estaban contemplados en un listado interminable de la hoja del consentimiento". Además, "la obligación de informar no se extiende a los riesgos atípicos o no inherentes a la operación, pese a que son posibles y conocidos en la práctica médica".

Otra sentencia, de la que informa S. Valle, del juzgado de Primera Instancia número 4 de Valencia ha absuelto a un anestesista y a un cirujano de la demanda interpuesta por los familiares de una mujer que falleció tras una intervención de reducción de estómago.  La demanda acusaba a los facultativos de conducta negligente por la falta de un consentimiento informados por escrito tanto de la intervención quirúrgica como de la anestesia. La sentencia establece como hechos acreditados que la paciente recibió información sobre la cirugía bariátrica a la que se sometió, "incluso del riesgo de posible muerte", cuando acudió a un hospital público, según expuso el facultativo que la atendió. Posteriormente acudió a un centro privado donde fue operada.  Citando la jurisprudencia la sentencia señala que "la constancia escrita de la información tiene, para casos como el que se enjuicia, mero valor [...] de garantizar la constancia del consentimiento y de las condiciones en que se ha prestado, pero no puede sustituir a la información verbal, que es la más relevante para el paciente".  Tal como se nos cuenta, y salvo que haya algún detalle que se omite, parece que la mera referencia por un testigo a que hubo información (sin que se indique que se recogió así en la historia clínica) en un centro diferente del que finalmente realizó la intervención, fue considerada suficiente prueba de que la paciente estaba debidamente informada.  Y respecto del CI escrito parece que la sentencia, al recordar la importancia de la información verbal, deja de lado la explícita referencia de la Ley 41/2002 al CI escrito en procedimientos quirúrgicos.

 

Cárcel y Salud Mental Penitenciaria

 Más del 20% de los reclusos de cárceles españolas padece alguna forma de patología psiquiátrica.  Leemos en medicosypacientes.com que en la “I Jornada de Sanidad Penitenciaria” recientemente celebrada en la sede de la Organización Médica Colegial (OMC) en Madrid, se ha denunciado que las prisiones se han convertido en el “receptáculo de los pacientes psiquiátricos” y se ha afirmado que a pesar de su persistencia, los centros penitenciarios psiquiátricos no tienen cabida en nuestro ordenamiento jurídico.  Asimismo, se ha dado conocer que del total de población reclusa de España (76.215 en la actualidad), entre el 20 y el 25 % padece algún tipo de enfermedad mental.  Por este motivo, se ha reclamado la ayuda especializada del Sistema Nacional de Salud. Por otra parte, se ha planteado que la aplicación judicial de la medida de seguridad sólo debería aplicarse en los casos estrictamente necesarios.

La necesidad de la formación en salud mental para los profesionales del sistema policial y penal.  En 2009 se publicó el Informe Bradley, sobre las personas con enfermedad mental o retraso mental en el sistema penal británico.  Su finalidad era determinar los casos en los que los delincuentes con patología psiquiátrica podrían ser derivados a servicios asistenciales y determinar las barreras que evitaban esa derivación y concluía con nada menos que 82 recomendaciones sobre la materia.  En marzo, las asociaciones Sainsbury Centre for Mental Health y Skills for Justice han elaborado un comentario “The Bradley Report and the Criminal Justice workforce”que analiza las “tareas” que tienen pendientes los trabajadores del sistema de justicia penal para desarrollar las recomendaciones del informe.  En concreto incide en la necesidad de la formación en materia de salud mental, que considera especialmente necesaria en el caso de la policía y los trabajadores penitenciarios.

 Confidencialidad

 La Audiencia Nacional ratifica la sanción de la AEPD al SCS por difundir datos por 'eMule'.  En 2009 la AEPD estimó que el SCS (Servicio Cántabro de Salud) había incurrido en una infracción, ya que se encontró que un archivo con los nombres, apellidos, fechas de nacimiento, direcciones, teléfonos, sexo y, en algún caso, datos de salud asociados (como hipertensión o diabetes) de 1.748 pacientes era accesible desde eMule.  Ante esta resolución el Gobierno de Cantabria interpuso un recurso contencioso-administrativo que ha sido recientemente valorado por la Audiencia Nacional.  El citado tribunal, según informa Diario Médico, ha fallado ratificando la sanción, al considerar que la revelación de datos fue efectiva e innegable, ya que los datos de los pacientes estuvieron a disposición del público en Internet. Es de interés que se refuta el argumento de la administración cántabra en el sentido de que fue un trabajador quien llevó a cabo los actos que condujeron a la divulgación de los datos y señala que "de nada sirve que se aprueben unas instrucciones detalladas sobre el modo de proceder para la recogida y destrucción de documentos que contengan datos personales si luego no se exige a los empleados la observancia de aquellas instrucciones".

 

Criminología

Asesinato – suicidio: Una revisión.  Realizada por Eliason en el Journal of the American Academy of Psychiatry and the Law, explora este fenómeno, que pese a ser muy infrecuente (tasas por debajo del 0,001%) conlleva un indudable elemento de tragedia.  El autor describe los factores facilitadores y la epidemiología.

 

Ética y Derechos Humanos

La exigencia de transparencia sobre conflictos de intereses en las facultades de Medicina.  El Canadian Medical Association Journal recoge una reseña de Ozretic y Collier en la que se destaca que Harvard ha sido la primera facultad de Medicina en exigir a sus profesores que declaren sus relaciones financieras con la Industria.  Esta medida ha surgido tras la presión de 200 estudiantes de Harvard críticos con la influencia de la Industria, que denunciaron a tres profesores por no informar de que habían recibido pagos por valor de 4,2 millones de dólares a lo largo en 7 años o los 8,6 millones dólares en investigación  y 3 millones en educación que Harvard recibió de la Industria en 2008. Asimismo, se ha sabido que 149 profesores tenían vínculos financieros con Pfizer y 130 con Merck. El artículo describe otras iniciativas en Australia, Chicago y la actividad de otras 35 universidades norteamericanas en este sentido.

 Suicidio asistido.  El autor británico Terry Pratchett, conocido por su saga del Mundo Disco, y que ha dado a conocer que padece una demencia Alzheimer de inicio presenil, se ha posicionado a favor de que exista un tribunal que evalúe los casos de personas que solicitan morir con ayuda médica por padecer una enfermedad incurable, según informa BBC.  En el Reino Unido esta cuestión se encuentra en pleno debate después de que recientemente resultara absuelta una mujer que ayudó a morir a su hija afecta de encefalomielitis miálgica / fatiga crónica, según recogemos de Daily Telegraph

 

Familia

 Un fallo exculpa a un hombre de desatención a su madre y reprocha la descoordinación entre servicios en la atención a ancianos.  En 2006 un hombre fue detenido en Barcelona acusado de dejar morir a su madre de inanición y suciedad, tal y como recogía esta información de El Mundo.  El caso ha sido juzgado recientemente y según informa ABC, la Fiscalía pidió para el acusado una pena de cuatro años de prisión por un delito de imprudencia grave con resultado de muerte, al considerar que no adoptó las medidas necesarias para paliar la insalubridad de la vivienda y la falta de atención médica y alimenticia de su madre.  El Juez, sin embargo, estimó que   el juez cree que el procesado procuraba alimentos a su madre y su abuela, así como los fármacos y la atención médica que necesitaban. Además, destaca que el procesado, como reflejaron los médicos forenses, es una persona «dependiente, sumisa a su madre», que era alcohólica y se negaba a ser ingresada en una residencia, «sin posibilidad de decisión. Asimismo, el juez considera que no ha quedado probado que el paro cardíaco del que murió la víctima fuera consecuencia directa de su desnutrición y no de su alcoholismo.  Por otra parte el magistrado critica a las administraciones, al señalar que el acusado había solicitado ayuda a diversos organismos sin éxito a causa “de la descoordinación y la escasa agilidad y eficiencia”. En particular, se centra en la “falta de coordinación entre los servicios sociales y la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia”, que había sido informada en 2003 de los graves problemas de la fallecida. Igualmente, el fallo reprocha también al responsable de Servicios Sociales del Distrito que no comunicara la situación de «alto riesgo» al juzgado. 

Fármacos

Abuso de quetiapina… y de otros psicofármacos.  Desde hace algún tiempo vienen apareciendo en revistas psiquiátricas norteamericanas informaciones y casos clínicos sobre el abuso o dependencia de quetiapina.  Recogemos un artículo de Sansone y Sansone en Psychiatry en el que se destaca que el abuso se da sobre todo en varones, que utilizan las vías oral, intranasal o intravenosa.  El fenómeno se da especialmente en medio penitenciario y en instituciones psiquiátricas y en individuos con antecedentes de abuso de sustancias.  Queda por determinar desde la investigación farmacológica y neuroquímica el motivo por el que es la quetiapina, y no otros antipsicóticos, la sustancia elegida y los factores que permitirían predecir el riesgo y racionalizar así la prescripción.  En una carta en respuesta al artículo, Oyemade destaca que también se ha descrito abuso de otros psicofármacos, indicando específicamente casos que involucran a la gabapentina y al bupropion.  Desde la perspectiva europea (los autores de los dos trabajos son norteamericanos y desconocerán posiblemente el dato) podría aportarse que el peculiar (por su mecanismo dopaminérgico) antidepresivo tricíclico amineptino terminó siendo retirado del mercado por casos de abuso y adicción.  Oyemade explica que el bupropion tiene una estructura química similar a la de las feniletilaminas, entre las que figuran diversas anfetaminas, y al Dietilpropion, un anorexígeno con riesgo de abuso.  Los adictos toman el bupropion machacado por vía intranasal.  A su vez, la gabapentina está relacionada desde el punto de vista structural con el GABA, aunque no parece actuar sobre los receptores GABAA o GABAB ni modifica los sistemas neurotransmisores más socorridos (dopamina, noradrenalina, serotonina).  Su abuso parece ser especialmente frecuente en medio penitenciario y en personas con antecedentes de dependencia de cocaína, que la usan también por vía nasal. Estos casos han motivado la retirada de la gabapentina del formulario farmacológico de California.  Más allá de estas descripciones y disquisiciones sobre el fundamento neuroquímico del abuso, nos quedamos con la reflexión de Oyemade, sobre lo curioso de que afecte a dos medicamentos que como el bupropion y la gabapentina se propuesto precisamente para el tratamiento de adicciones. 

Riesgos de la exposición a ISRS en vida intrauterina.  La revista Pediatrics ha publicado recientemente, aún online, un estudio danés en el que se evalúa el desarrollo psicomotor de niños cuyas madres recibieron ISRS durante el embarazo.  En comparación con controles, los niños expuestos a estos fármacos en el segundo y tercer trimestre de gestación mostraron un retraso en la sedestación y en la deambulación de 15.9 y de 28.9 días.  Aunque a los 19 meses de vida no se apreciaban grandes diferencias en otros parámetros y funciones, serán de gran importancia los resultados que los autores puedan comunicar en el seguimiento del grupo.  Comentario de Jun Yan en Psychiatric News

Este hallazgo se añade al de un estudio de 2008 que detectó un aumento de malformaciones cardiovasculares en niños expuestos a fluoxetina en el primer trimestre, del que se ha hecho eco recientemente la AEMPS, como informa Hemos leído, o del riesgo de hipertensión pulmonar neonatal tras la exposición a ISRS en las últimas semanas del embarazo, conocido desde hace años pero del cual ha informado oficialmente la EMEA, a través del Grupo de Farmacovigilancia (PhVWP), según informa también Hemos leído.

 …y riesgos a largo plazo de no tratar la depresión durante el embarazo.  Entre tanto, Hay y colaboradores publican en Child Develpment que los hijos de madres deprimidas durante el embarazo presentan en la infancia y adolescencia comportamientos antisociales.  Los autores comprueban, además, que el riesgo persiste si se elimina el efecto de otros factores como el entorno de la familia, la presencia de conductas antisociales en la madre o el tabaquismo materno.  En el anterior comentario de Jun Yan en Psychiatric News se desarrolla en más detalle el estudio.

 

Legislación

 Aprobada la Ley de Dignidad ante el Proceso de Muerte.  El pasado 17 de marzo el Parlamento andaluz aprobó la nueva Ley, según leemos en Acta Sanitaria.  En la propia publicación se facilita el acceso al texto votado, publicado en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía.  Entre los derechos reconocidos por la nueva norma figura recibir, o no si así lo desea el paciente, información clínica veraz y comprensible sobre su diagnóstico y pronóstico, con el fin de ayudarle en la toma de decisiones. Asimismo, se regula el derecho a recibir tratamiento del dolor, incluyendo la sedación paliativa, y cuidados paliativos integrales en su domicilio siempre que no estén contraindicados y la persona así lo desee. El paciente podrá también igualmente, rechazar o paralizar cualquier tratamiento o intervención, aunque ello pueda poner en peligro su vida.  Otros derechos proclamados son la intimidad personal y familiar y la protección de todos los datos relacionados con el proceso de atención sanitaria, el acompañamiento por la familia durante el proceso de la muerte, habitación individual durante la hospitalización (tanto en centros públicos como privados) y el apoyo y asistencia a la familia de la persona en situación terminal, con una atención integral durante el duelo. Los deberes de los profesionales sanitarios incluyen informar al paciente sobre el proceso clínico y respetar sus decisiones una vez formulada la indicación facultativa. Igualmente, deberán informar sobre el derecho a la declaración de voluntad vital anticipada y consultarla en el caso de los pacientes que ya la hayan redactado y no puedan expresar sus preferencias.  Por otra parte, se limitan las medidas de soporte vital cuando la situación clínica lo aconseje, y se deberán ofrecer al paciente todas las intervenciones sanitarias necesarias para garantizar su adecuado cuidado y comodidad.  Una novedad incorporada en la Ley es que todos los centros sanitarios o instituciones dispondrán, o estarán vinculados, a un Comité de Ética Asistencial.

 Baremo de 2010… y a la espera de un nuevo baremo realmente actualizado.  El BOE del 5 de marzo publicó la Resolución de 31 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2010 el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Desde 1995 el baremo se actualiza sólo conforme a los movimientos del IPC, por lo que según leemos en Diario Vasco, los ministerios de Economía y Justicia han iniciado los trámites para reformar el baremo que fija las indemnizaciones que han de pagar las aseguradoras a las víctimas de accidentes de tráfico.  Según fuentes del sector, la Dirección General de Seguros espera que el grupo de trabajo creado al efecto presente en un año sus conclusiones sobre la reforma del baremo, que previsiblemente elevará las indemnizaciones a los grandes lesionados.  En nuestro país, en la actualidad, las indemnizaciones máximas ascienden a 1,5 millones de euros (frente a los entre 3 y 5 millones que se llegan a cobrar en algunos países europeos).

 Medidas para mejorar la efectividad de la Ley de Dependencia.  Artículo de opinión del presidente   de la Confederación Española de Familiares de Enfermos de Alzheimer y otras Demencias (CEAFA), Emilio Marmaneu en medicosypacientes.com.  El autor propone 12 medidas en los ámbitos de la gestión de recursos y servicios, financiación, y procesos de valoración con el fin de que la Ley sea una herramienta eficaz capaz de satisfacer las necesidades de las personas dependientes y sus familias

 

Profesión

 Médicos, enfermería y competencias.  Leemos en Acta Sanitaria que la Audiencia Nacional ha desestimado la admisión a trámite de un recurso que el Consejo General de Médicos (OMC) presentó contra la ORDEN CIN/2134/2008, de 3 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Enfermero.  La discordia surgía en torno al diagnóstico de la enfermedad.  Con respecto a este fallo, la OMC señala que si bien indica que el término "diagnosticar" utilizado en artículo 2 de la Orden Ministerial no puede "sacarse de contexto" y desestima por ello el recurso, sienta doctrina en la interpretación de los artículos 6 y 7 de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), reconociendo que la competencia de "diagnosticar enfermedades" es exclusiva de los médicos y odontólogos.  Por su parte, el presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González Jurado ha expresado su satisfacción con la sentencia en cuanto a que respalda el plan de estudios del nuevo Grado de Enfermería y las competencias enfermeras que estipula en el marco del sistema de salud y sociosanitario. También Marta Esteban, en Diario Médico, se hace eco de la sentencia, a la que se puede acceder a través de Acta Sanitaria.

 

Responsabilidad

 Absolución de un centro psiquiátrico en el suicidio de un paciente.  Informa Redacción Médica de una sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Valdemoro en la que se absuelve a un centro psiquiátrico de una demanda interpuesta por los familiares de un paciente que se suicidó en el citado centro mientras se encontraba en la zona de máxima vigilancia.  El paciente había sido diagnosticado de esquizofrenia paranoide e ingresó por una descompensación con actividad alucinatoria e ideas delirantes de persecución.  Al ingreso fue derivado a la zona de observación y máxima vigilancia, controlada por distintos facultativos y personal auxiliar.  Estando allí se suicidó por ahorcamiento utilizando jirones de tela de su pijama con los que elaboró una cuerda.  La demanda alegaba una insuficiente vigilancia por los profesionales sanitarios, máxime cuando el paciente tenía antecedentes de intentos autolíticos.  En la sentencia se señala que no se ha probado documentalmente la existencia de estos intentos previos. Asimismo, se estima que existía una suficiente presencia de personal facultativo en la zona de observación y de la vigilancia constante.  De esta manera, el Juzgado considera que el suicidio fue un suceso imprevisible e inevitable, en la medida en que no constaban antecedentes de intentos previos y no se identificó el riesgo, lo que hizo que no se tomasen medidas de sujeción mecánica.

Un futuro registro nacional de errores.  Informa Soledad Valle en Diario Médico del interés del Ministerio por establecer un registro de incidencias y eventos adversos en los hospitales, con el objetivo   es mejorar la asistencia al paciente aprendiendo de los errores cometidos. Como señala la reseña, este registro incorporaría un riesgo de judicializar más la actuación sanitaria y exponer a los profesionales a posibles demandas penales.  El artículo incluye los comentarios de Carlos María Romeo Casanoba, catedrático de Derecho Penal de la Universidad del País Vasco, y Asier Urruela Mora, profesor de Derecho Penal de la Universidad de Zaragoza, quienes han elaborado un informe para la Agencia de Calidad del SNS analizando la puesta en marcha del registro

 

Salud Laboral

 Mobbing en la Administración.  Según recoge Europa Press, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F) calcula que nada menos que el 10 % de las bajas por depresión en la Administración se debe al acoso moral en el trabajo. Señala como los sectores más afectados a la sanidad, enseñanza y, más específicamente, los puestos de carácter administrativo.

 

Sexopatología y delincuencia sexual

“Drogas de violación”. En El País, María R. Sahuquillo informa sobre el aumento del uso de estas sustancias, que inhiben la voluntad de quien las recibe y que se emplean para cometer robos y agresiones.  El reportaje describe casos y sustancias específicas y señala la dificultad que entraña perseguir estos delitos. 

“Sexsomnia” como eximente.  En un reciente boletín hemos presentado algunos trabajos acerca de esta “novedosa” parasomnia, consistente en la presencia de actividad sexual durante el sueño, en ocasiones, en forma de asalto a otra persona.  Leemos ahora en El Mundo acerca de que un padre juzgado en Bélgica por agresión sexual a su hija fue absuelto al encontrar el tribunal que padecía una forma severa de este trastorno.

 Abusaron de mí, aunque no lo recuerde.  Reportaje de María R. Sahuquillo en El País en el que a propósito del caso del religioso vasco pederasta recientemente divulgado describe la amnesia selectiva desarrollada por víctimas de agresiones sexuales durante la infancia o el bloqueo emocional como mecanismos de defensa. 

 Un protocolo para el manejo de las agresiones sexuales en las plantas de Psiquiatría.  Las agresiones sexuales no son un suceso excepcional en los centros psiquiátricos, y suelen resultar muy difíciles de manejar.  La revista británica Psychiatric Bulletin ha publicado un artículo de Lawn y McDonald con un protocolo de actuación ante estas situaciones.

Suicidio

 Multiparidad como factor protector frente al suicidio.  En su clásico y seminal estudio sobre el suicidio Durkheim señaló que en las mujeres la multiparidad constituía un factor protector frente a la muerte por autolisis.  Con el fin de verificar la hipótesis Yang realizó un amplio estudio epidemiológico publicado en el Canadian Medical Association Journal que demuestra, en comparación con las madres de un solo hijo, un riesgo menor en las que han tenido dos hijos vivos y aún menor en las multíparas de tres o más hijos.

 

Tráfico

 Dificultades para determinar quién puede conducir.  Leemos en adn.es que SEMERGEN ha planteado el conflicto con el deber de confidencialidad que representa comunicar a Tráfico qué personas pueden ser peligrosas al volante por un deterioro relacionado con edad avanzada o por la medicación que toman.  Reacciona así la sociedad, representada por su vicepresidenta, Paloma Casado, ante la posibilidad de que el nuevo Plan Estratégico de Seguridad Vial incluya medidas encaminadas a que médicos y familias de conductores mayores comuniquen las posibles pérdidas de facultades de éstos a la Dirección General de Tráfico (DGT).

 

Trastorno Antisocial de Personalidad

 Dopamina y conducta antisocial.  Según un estudio de la Universidad de Vanderbilt en Nashville (EEUU) publicado en Nature Neuroscience, una activación excesiva de la dopamina explicaría ciertas conductas antisociales en las personas normales.  El artículo demuestra que las características psicopáticas en sujetos normales se asocian a una mayor liberación de dopamina en respuesta a recompensas farmacológicas y monetarias. Ante este hallazgo, los autores consideran que la impulsividad, la conducta antisocial y el abuso de sustancias asociados con la psicopatía podrían deberse a una reactividad excesiva del sistema de recompensa dopaminérgico.  Comentario en Europa Press.

 

Violencia

 Neuropsicología de la agresión impulsiva.  Revisión de Alcázar-Córcoles y asociados en la Revista de Neurología.  Los autores destacan el papel crucial del córtex prefrontal y del sistema límbico, con su función reguladora de las emociones y generadora de los comportamientos agresivos de carácter impulsivo. Señalan la importancia en el equilibrio funcional relativo de estas regiones y el papel de la impulsividad y el deficitario control emocional en la aparición de estas conductas. Además, defienden que se distinga entre agresión impulsiva y agresión premeditada, ya que podrían tener mecanismos subyacentes diferentes.

 Sentencias por violencia contra sanitarios.  Leemos en Europa Press que un vecino de El Ejido ha aceptado un año y medio de cárcel y el pago de una indemnización de 2.759 euros por agredir a un médico y a una enfermera del Hospital de Poniente (Almería).  La agresión, junto con insultos y amenazas, se produjo al despertar el paciente de forma brusca del estado de semiinconsciencia en el que ingresó mientras estaba siendo atendido de urgencia en la sala de críticos.

Por su parte, Redacción Médica informa de que una mujer ha sido condenada por un juagado de Laredo a pagar 600 euros por agresiones verbales a una médico.  Según la sentencia, su comportamiento constituyó un atentado contra el honor, la estima y la dignidad de la facultativa.  Los insultos vinieron motivados por un retraso en la asistencia a la paciente, que la sentencia describe como motivado.  La médico fue representada por la Asesoría Jurídica del Colegio de Médicos de Cantabria, tras activar el Protocolo de Agresiones del colegio provincial.  Se trata de una nueva sentencia en que se aplica el Art. 634 del Código Penal al considerar a un sanitario en el ejercicio de sus funciones en el sistema público como Agente de la autoridad, siguiendo el criterio de la Sentencia del Tribunal Supremo.  Hasta que se ha implantado este criterio, los mismos hechos eran considerados una “falta simple de insultos” (Art. 620.2 del Código Penal), con una pena sensiblemente inferior.

 

Documentos en Internet

 Comité de Bioética de Cataluña. 

A través de su web puede accederse a documentos de gran interés, como los referidos a:

 -Autonomía sanitaria del menor maduro

-Informe sobre la Interrupción de la Gestación

-El ingreso no voluntario y la práctica terapéutica de medidas restrictivas en pacientes psiquiátricos y las personas demenciadas

Guía del consentimiento informado

Recomendaciones a los profesionales sanitarios para la atención a los enfermos al final de la vida

http://www.gencat.cat/salut/depsalut/html/es/dir89/spbioe00.htm

 

Los riesgos psicosociales del trabajo en Europa

La dificultad para definir, identificar y prevenir los riesgos psicosociales ha suscitado este documento elaborado por la organización francesa especializada Eurogip, que repasa las novedades que se han producido en Europa desde que en 2003 la Agencia Europea publicara un informe sobre el mismo tema

http://www.eurogip.fr/fr/docs/Eurogip_RPSautravail_2010_47F.pdf

 

Congresos

 

 XIX Congreso Nacional de la Sociedad Española de Psiquiatría Legal

16, 17 y 18 de Junio de 2010 – Barcelona

http://www.psiquiatrialegal2010.org/

Programa: http://www.psiquiatrialegal2010.org/programacientifico1pgsepl2010.html 

PROPUESTAS DE TALLERES, SIMPOSIOS Y POSTERS

 El Comité Científico invita a presentar propuestas de talleres, simposios y pósters. Será necesario enviar un abstract de máximo 300 palabras para pósters, y de 500 palabras para la presentación de simposios y talleres, e identificar en ellos dos o tres objetivos de aprendizaje para los participante 

NOTA IMPORTANTE:

Todas las propuestas deberán ser presentadas de manera suficientemente detallada para su evaluaciónmediante un formulario al que puede accederse en http://www.psiquiatrialegal2010.org/presentacion_propuesta_sepl2010%20.doc.Una vez rellenado deberá enviarse a psiquiatrialegal@psiquiatrialegal2010.org.

 TALLER: Un experto presentará un tema que será discutido con un pequeño grupo de participantes. Los congresistas podrán proponer al Comité Científico un taller hasta el 30 de abril de 2010.

 SIMPOSIO: Exposición de diferentes aspectos de un tema, con un máximo de cuatro ponentes. Los congresistas podrán proponer al Comité Científico la realización de algún simposio hasta el 30 de abril de 2010.

 PÓSTER: Trabajo sobre un tema específico elaborado por un máximo de diez autores, que deberá ser enviado en formato digital al Comité Científico antes del 30 de abril de 2010 y presentado a la Secretaría Técnica como documento impreso sobre papel de 90 cm x 120 cm al inicio del Congreso.

 El plazo para presentaciones finaliza el 30 de abril de 2010

 

 10th Annual IAFMHS Conference

25 a 27 de mayo de 2010

Vancouver, Canada

Tema: Mental Health and Forensic Practice Across the Lifespan: Prevention and Promotion

http://www.iafmhs.org/iafmhs.asp y http://www.iafmhs.org/files/2010_call_for_papers.pdf

 

XI Congreso Internacional de Estrés Traumático y Trastornos de Ansiedad

23 al 25 de Junio de 2010 Panamericano Hotel & Resort - Buenos Aires, Argentina
www.psicotrauma.org.ar 
info@psicotrauma.org.ar

 

American Academy of Psychiatry and the Law, 41st Annual Meeting

October 21-24, 2010
Tucson, AZ-JW Marriott Starr Pass Resort & Spa

http://www.aapl.org/meetings.htm


 

Libros

 

 

responsabilidadcivilcentros

 

La responsabilidad civil de los centros sanitarios

Josep Corbella i Duch.
Barcelona: Atelier, 2008
ISBN: 8496754672

El autor, tras una prolongada vinculación laboral al Hospital de la Santa Creu i Sant Pau de Barcelona, dispone de una gran experiencia en este campo, que expone en el texto que comentamos.  Analiza los diferentes supuestos de responsabilidad, desde la estructura física de instalaciones y edificios o las infecciones hospitalarias, hasta la obligación de custodia de los enfermos (con los problemas de suicidios y lesiones a terceros), los retrasos en los diagnósticos y las listas de espera, los servicios de urgencias, los diagnósticos erróneos, los daños morales, la vulneración del derecho a la intimidad, los equipos e instalaciones defectuosas, el suministro de productos defectuosos y la responsabilidad por la actuación de trabajadores y terceros.  Cada una de estas cuestiones se acompaña de sentencias significativas, al respecto, de las que se extraen los párrafos de mayor interés.

 

 

…y para terminar:

Reserpina: De la Medicina Ayurvédica a la Teoría Monoaminérgica de la Depresión

 En 1954, tan solo dos años después de la introducción de la clorpromazina en la práctica clínica psiquiátrica, empezó a emplearse como antipsicótico otro medicamento hoy en día olvidado: la reserpina. 

La Rauwolfia Serpentina, planta de la que se obtiene la reserpina, se empleaba desde hace milenios en   Oriente, y muy significativamente en la Medicina Ayurvédica, recientemente puesta de moda por un famoso del mundo del espectáculo, que dice haberse quitado de encima, en un tiempo record, algo así como dos arrobas gracias a su milenario saber.  Pero para tan meritoria cura no ha debido emplear la Rauwolfia Serpentina, entre cuyos usos tradicionales no figuraba el adelgazamiento, sino otras “indicaciones” tan dispares como el cólera, la diarrea, la disentería, las fiebres, los vómitos, las cefaleas, las cataratas, la epilepsia, el insomnio y, curiosamente, la locura. De hecho, en algunas zonas de la India se la conoce con el nombre de Pagal-Ka-Dawa, que quiere decir “Hierba contra la Locura”. De su raíz pueden obtenerse muchos alcaloides, no pocos de ellos con una elevada potencia vasoactiva, como la yohimbina y la propia reserpina. La especie es endémica del subcontinente indio y debe su nombre al botánico alemán Leonhart Rauwolf –que pasa por ser el primero que la describió para la Ciencia- y a la forma ondulada de su tuberosa raíz. La primera descripción moderna de su acción sedante, hipotensora e hipnótica se debe a dos médicos de Calcuta cuya aportación no trascendió por haber sido publicada en una revista local de escasa difusión. Ahora diríamos que de bajo factor de impacto.

La reserpina fue comercializada inicialmente en Occidente como antihipertensivo. Un farmacólogo relató a David Healy en una entrevista que hace casi 60 años se presentó en su compañía un individuo con un saco de raíces de rauwolfia, a la que presentaba como eficaz para el cólico, la hipertensión, la enfermedad mental, la fiebre y el insomnio. Al parecer a todos les pareció una oferta poco seria, y despacharon a la persona en cuestión con una amable comida. Más adelante el tenaz individuo presentó sus raíces al laboratorio Ciba, donde le ofrecieron inmediatamente 50.000 $ por tener el privilegio de probarlas. Al reflexionar sobre la historia, el farmacólogo en cuestión no podía evitar recordar que también la clorpromazina, por aquellos mismos años, era un fármaco con no ya múltiples, sino dispares indicaciones (su nombre comercial, Largactil hace alusión en efecto a su amplia acción, en francés Large Action). 

El salto de la reserpina a la Psiquiatría se debió, entre otros, a un internista que utilizándola como antihipertensivo observó su capacidad sedativa. Este clínico trabajaba en un hospital psiquiátrico, por lo que convenció a los psiquiatras para que la probasen, y así lo hicieron, obteniendo muy buenos resultados. Simultáneamente, otros investigadores emplearon el producto en la psicosis, obteniendo mejorías. Debe resaltarse que el medicamento se seguía utilizando como antihipertensivo, lo que le confiere efectivamente un perfil tan amplio como el de la clorpromazina.

Durante unos años la reserpina fue una rutilante estrella en el universo de la Farmacología. No sólo por su éxito terapéutico, sino por sus aportaciones a la investigación básica, ya que el estudio de su acción neuroléptica, similar a la de la clorpromazina, contribuiría a la larga al asentamiento de la teoría dopaminérgica de la esquizofrenia.  Sin embargo, no tardaron en a aparecer informaciones de casos de depresión y suicidio en pacientes que la tomaban como antihipertensivo, lo que la postergó a un segundo plano. En Psicofarmacología, la aparición de nuevos antipsicóticos, la arrinconó convirtiéndola en poco más que un recuerdo en los libros de texto. Con el paso del tiempo se comprobó que la reserpina producía una depleción de neurotransmisores, y se puso de manifiesto que la imipramina revertía este efecto, lo que cerró el círculo del razonamiento: la reserpina es depresógena, la depresión se debe a un déficit de neurotransmisores, cualquier remedio farmacéutico para la depresión debe combatir esa depleción de neurotransmisores o antagonizar alguna de las propiedades experimentales de la reserpina. 

Este paradigma se ha mantenido durante décadas y ha sido fructífero en la medida que ha permitido la síntesis de numerosos antidepresivos, pero no es del todo cierto, porque hay serios indicios de que la reserpina NO produce depresión. De hecho, en uno de los primeros ensayos clínicos de la historia de la Psicofarmacología, Davies y Shepherd comprobaron que tenía una acción timoléptica similar a la de los más exitosos antidepresivos de nuestros días. Y tampoco es muy extraño, si se repara en que ciertos neurolépticos, como el sulpiride o el flupentixol, a dosis bajas, se emplean con notable éxito en cuadros   depresivos... a pesar de que su acción farmacológica es antagonista de al menos un neurotransmisor (la dopamina).

¿Cuál es la explicación, entonces, de la depresión y el suicidio asociados a la reserpina? David Healy sostiene que uno de los principales efectos secundarios del producto es la acatisia, un fenómeno que genera una gran angustia y que se ha asociado con depresión y suicidio. La pregunta, entonces, sería, cuál es el motivo por el que otros neurolépticos, más potentes que la reserpina e igualmente capaces de producir acatisia no se asocian a suicidio. La respuesta del citado autor es que se han utilizado en dosis tan altas que producen una inhibición motora que frena el suicidio. Por cierto, que una de las explicaciones que se han propuesto para los casos de inquietud, malestar y suicidio asociados a ISRS es la acatisia, un efecto secundario infrecuente, pero no extraordinario en estos productos, al igual que otros efectos “asociados a la dopamina”.

¿Será la capacidad depresógena de la reserpina, como sostienen algunos, un mito que se ha mantenido únicamente porque resultaba útil para consolidar la hipótesis monoaminérgica de la depresión?  Tal vez algún día lo sepamos. 

Fuentes

Bhatara VS, López-Muñoz F, Del Alamo C. El papel de la medicina herbal ayurvédica en el descubrimiento de las propiedades neurolépticas de la reserpina: a propósito de la Rauwolfia serpentina y los orígenes de la era antipsicótica. An Psiquiatría (Madrid) 2004: 20: 272-281

Baumeister AA, Hawkins MF, Uzelac SM. The myth of reserpine-induced depression: role in the historical development of the monoamine hypothesis. J Hist Neurosci 2003; 12: 207-20 [Abstract]

Damsa C, Bumb A, Bianchi-Demicheli F, Vidailhet P, Sterck R, Andreoli A, Beyenburg S. "Dopamine-Dependent" Side Effects of Selective Serotonin Reuptake Inhibitors: A Clinical Review. J Clin Psychiatry 2004; 65: 1064-1068 [Abstract].

Davies DL, Shepherd M. Reserpine in the treatment of anxious and depressed patients. Lancet 1955: 117-121

Healy D. The psychopharmacologists II. London: Arnold, 1998

Healy D, Savage M. Reserpine exhumed. Br J Psychiatry 1998; 172: 376-8.