Congreso SEPL 23-25 Septiembre 2021: el reencuentro

17 de marzo de 2021

Más información de nuestro congreso


En la Sociedad Española de Psiquiatría Legal (SEPL) celebramos nuestros ultimo congreso en Octubre 2019. Desde entonces han pasado muchas cosas. Hemos tenido una terrible pandemia que parece que vamos derrotando con mucho esfuerzo. En todo este tiempo hemos mantenido diferentes actividades científicas en formato online por las limitaciones de reuniones presenciales.


Parece que la situación va a cambiar dentro de poco, y podremos celebrar reuniones científicas como habíamos hecho siempre, aunque con algunas medidas preventivas. Creo que este próximo congreso presencial va a ser muy especial para todos. Va a ser el congreso del reencuentro. No solo entre los profesionales de la psiquiatría legal sino entre todos los profesionales de la psiquiatría.


En la SEPL hemos apostado por un congreso presencial a finales de septiembre, y vamos a ser de los primeros celebrar una reunión científica. Hemos escogido Sevilla y estaremos allí en una época del año ideal para esta maravillosa ciudad.


Os animamos a que os unáis a nosotros en este congreso que va a tener algo de especial. Además de las habituales sesiones científicas tendremos espacios para este reencuentro que tanto ansiamos. Volveremos a ver a los amigos y colegas que hace tanto tiempo que no hemos podido ver cara a cara.


Como todos sabéis los congresos no son solo ciencia. Creemos que, a partir de ahora, tendrán algo más de reencuentro, de interacción, de networking, de hablar de proyectos, del futuro, de oportunidades. Ya lo tenían antes, pero habrá mucho más.


Los congresos tiene que dar a partir de ahora lo que no se puede conseguir en una pantalla de ordenador ni en una publicación científica. En la SEPL pretendemos que nuestro próximo congreso sea diferente, sea una experiencia distinta.


Os invitamos a todos a este momento de reencuentro de la psiquiatría española.


Os esperamos en Sevilla.


Tenéis toda la información en este enlace: www.psiquiatrialegal2021.org


Por Alfredo Calcedo 13 de junio de 2025
Un equipo de científicos ha desarrollado un dispositivo cuyo objetivo es mejorar y afinar el diagnóstico de la enfermedad de Parkinson. Consiste en u n bolígrafo cargado con tinta magnética y diseñado para que los trazos escritos por el paciente puedan convertirse en señales eléctricas cuyos patrones puedan analizarse en un sistema de inteligencia artificial. El análisis de los patrones mostrados permitió distinguir a los pacientes con párkinson de los participantes sanos con una precisión media del 96,2%. Comentado en Diario Médico
Por Alfredo Calcedo 13 de junio de 2025
La microdosificación de psicodélicos , como la dietilamida del ácido lisérgico (LSD), ha generado interés por sus posibles beneficios en diversos trastornos psiquiátricos, como el trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH). Sin embargo, se desconoce la eficacia del LSD para reducir los síntomas del TDAH. Este estudio trata de determinar la seguridad y eficacia de dosis bajas repetidas de LSD para reducir los síntomas del TDAH en comparación con placebo. Resultados: En este ensayo clínico aleatorizado, multicéntrico, doble ciego y controlado con placebo, realizado en 53 personas, tanto el grupo con LSD como el grupo placebo mostraron una reducción significativa de los síntomas de TDAH. Sin embargo, no se observaron diferencias en la reducción de los síntomas entre ambos grupos. Esto significa que el LSD no fue eficaz para reducir los síntomas del TDAH en comparación con el placebo; estos resultados cuestionan la práctica anecdótica y resaltan la importancia de los ensayos controlados con placebo en la investigación de psicodélicos en dosis bajas.
Por Alfredo Calcedo 13 de junio de 2025
El conductor del autobús accidentado en Avilés (Asturias) en 2018 ha sido condenado a tres años de prisión por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y doce delitos de lesiones por imprudencia grave. Además, se le ha impuesto la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por cuatro años, junto con la pérdida definitiva del permiso de conducir y la inhabilitación especial para ejercer como conductor profesional durante 4 años. La jueza ha determinado que el acusado padecía epilepsia focal criptogénica desde 2015 y que, aunque estuvo bajo seguimiento médico, no aceptaba su diagnóstico debido a las consecuencias laborales que ello implicaba. A pesar de estar en tratamiento con medicación antiepiléptica, continuó ejerciendo su profesión, aunque los médicos le habían advertido que su condición era incompatible con la conducción de autobuses. El tribunal también ha señalado que el servicio de prevención de la empresa para la que trabajaba desconocía su historial médico, por lo que en 2018 fue declarado apto para el trabajo. No obstante, la resolución no es firme, por lo que el condenado aún puede presentar un recurso de apelación. Este caso me recuerda, salvando las diferencias, el caso del vuelo 9525 de Germanwings donde el piloto que también padecía problemas de salud y tampoco los comunicó a su empresa, estrelló el avión para suicidarse, matando además a 149 personas. De nuevo se plantea el dilema eterno entre autonomía y seguridad. ¿Debe ser la persona quien comunique a los servicios de prevención y riesgos laborales de la empresa de las condiciones médicas que padece o directamente los servicios médicos que atienden al paciente quienes deben informar al servicio médico de la empresa?
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