El "deseo" de un tratamiento privado no obliga a su financiación por el SNS
Artículo publicado en Redacción Médica sobre cuando la administración pública debe sufragar los gastos médicos de pacientes que son tratados en un centro privado, a raíz de 2 sentencias de resultado contradictorio.
A destacar que el reembolso de los gastos de asistencia sanitaria por servicios ajenos es excepcional y las prestaciones sanitarias únicamente se facilitarán en centros propios o concertados a excepción de que exista un riesgo vital que no pudiera abordarse en la pública.
Fundamentalmente de lo que se trata es de “diferenciar entre necesidad y deseo” a la hora de determinar si una asistencia sanitaria es urgente y de carácter vital.


