Un sanitario agredido lleva a la Administración a los tribunales
La Sala Social del TSJ de Extremadura ha condenado al Servicio Extremeño de Salud a indemnizar a una médica agredida por falta de medidas de prevención de riesgos.
La sentencia es importante para la protección de los profesionales sanitarios frente a las agresiones, al poner el foco no solo en la responsabilidad del agresor, sino también en el incumplimiento de la Administración sanitaria de sus deberes en materia de prevención de riesgos laborales. A partir de esta sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, se pone de relieve una vía jurídica que permite exigir responsabilidades al sistema cuando no se han adoptado medidas adecuadas para proteger a su personal (exigencia de medios).
El caso concreto se refiere a una médica de atención primaria del Centro de Salud Urbano I de Mérida que fue víctima de una agresión verbal por parte de un paciente en enero de 2022, en el contexto de la aplicación de los protocolos vigentes sobre pruebas diagnósticas de covid-19. Tras ser insultada públicamente en el propio centro sanitario, los tribunales penales reconocieron los hechos y otorgaron una primera indemnización. No obstante, la facultativa decidió ir más allá y demandar al Servicio Extremeño de Salud por vulneración de su derecho a la seguridad y salud en el trabajo, al no existir un plan de prevención de riesgos ni medidas disuasorias eficaces frente a las agresiones.
La sentencia destaca que la demandante, en su condición de coordinadora del centro durante varios años, había advertido reiteradamente a la Administración sobre la elevada conflictividad del entorno laboral, sin que se adoptaran medidas correctoras. Esta inacción fundamenta la condena al SES, al apreciarse una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, que da lugar a una indemnización de 10.000 euros.
Más allá de la cuantía económica, el texto subraya el valor simbólico y preventivo de este tipo de resoluciones, pues visibilizan el incumplimiento legal de la Administración y refuerzan la idea de que la jurisdicción social, a la que estos conflictos acceden desde 2011, constituye un cauce más ágil y favorable para la tutela de los derechos de los profesionales sanitarios (a diferencia de la via contencioso-administrativa donde estaba antes este tipo de demandas).





