Los accidentes in itínere no dan derecho a pensión extraordinaria por lesión en acto de servicio

2019-09-18 4:45:00

Informa Noticias Jurídicas acerca de una sentencia de la Audiencia Nacional que remarca que las lesiones producidas sufridas por un funcionario de camino o de vuelta al trabajo (in itinere) no pueden tener la consideración de derivadas de acto de servicio, por lo que no dan lugar a pensión extraordinaria. La sentencia, que deniega pensión extraordinaria de jubilación por incapacidad a un policía nacional que sufrió un accidente de camino a su puesto, considera que las lesiones producidas en estas situaciones no pueden ser consideradas daños “en acto de servicio” o como consecuencia de él, al no darse en el lugar y tiempo de trabajo, y por tanto no tener relación con el servicio que se prestaba.  

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