Precaución con el uso de antipsicóticos en personas con demencia

25 de abril de 2024

Estudio de cohorte emparejada que investiga los riesgos de múltiples resultados adversos asociados con el uso de antipsicóticos en personas con demencia.

Los resultados del estudio indican que el uso de antipsicóticos en comparación con su no uso en adultos con demencia se asoció con mayores riesgos de accidente cerebrovascular, tromboembolismo venoso, infarto de miocardio, insuficiencia cardíaca, fractura, neumonía y lesión renal aguda, pero no con arritmia ventricular. La gama de resultados adversos fue más amplia de lo que se había destacado anteriormente en las alertas regulatorias, y los riesgos más altos se presentaron poco después del inicio del tratamiento.

Comentado en Webconsultas

“El estudio no pudo excluir la causalidad inversa, donde la presencia de una enfermedad física como la neumonía podría conducir al delirio, que luego podría ser tratado con un medicamento antipsicótico, pero todos los que recetamos en esta situación deberíamos tener en cuenta los riesgos del tratamiento. La iniciación de estos medicamentos en personas con demencia solo debe ser bajo supervisión especializada, con participación de los pacientes y miembros de la familia en discusiones informadas y revisiones”.

Por Alfredo Calcedo 22 de junio de 2026
El objetivo de este estudio fue realizar una revisión sistemática de la prevalencia del trastorno depresivo mayor (TDM) durante el periodo periparto para evaluar las fuentes de heterogeneidad de los datos y las tendencias de prevalencia durante el embarazo y el posparto. Resultados: La prevalencia del TDM durante el período periparto fue más alta durante las primeras 2 semanas posparto y se mantuvo significativamente elevada durante todo el año posparto en comparación con el embarazo. Después de ajustar por cambios durante el período periparto y sesgos debidos a errores de medición, la prevalencia general del TDM fue del 6,2% en cualquier momento durante el embarazo y del 6,8% en cualquier momento durante el año posparto. La prevalencia fue más alta en el sur de África subsahariana, oscilando entre el 15,6% durante el embarazo y el 16,6% durante el año posparto; y en el sur de Asia, oscilando entre el 13,7% durante el embarazo y el 14,6% durante el año posparto. La prevalencia fue más baja en Asia Pacífico de altos ingresos, oscilando entre el 3,1% durante el embarazo y el 3,3% durante el año posparto. Conclusiones: la prevalencia del TDM fue elevada durante todo el periodo periparto, alcanzando su punto máximo dos semanas después del parto. Estos hallazgos resaltan la necesidad de una mayor integración de la detección, la prevención y el tratamiento del TDM durante el periodo periparto en los modelos de atención existentes.
Por Alfredo Calcedo 22 de junio de 2026
Artículo de opinión de Francesc José María, vicepresidente de la Comisión de la Eutanasia de Cataluña, acerca de la reciente decisión del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo sobre el cambio relevante que supone la aplicación de la ley de eutanasia al reconocer que determinadas personas con una “vinculación particularmente estrecha” con el solicitante pueden recurrir judicialmente la autorización de la prestación de ayuda para morir. Esta doctrina, adoptada por una amplia mayoría (23 magistrados frente a 9), introduce la posibilidad de que familiares o personas del entorno afectivo cuestionen una decisión tomada por un paciente mayor de edad, plenamente capaz y que cumple todos los requisitos legales y clínicos exigidos. Aunque el procedimiento español incorpora múltiples garantías para asegurar que la solicitud es libre, voluntaria y exenta de presiones, la sentencia abre un debate sobre el equilibrio entre la protección de la legalidad y el respeto a la autonomía personal. Además, el concepto de “vinculación particularmente estrecha”, al tratarse de un concepto jurídico indeterminado, deja en manos de los jueces la valoración de cada caso, lo que puede generar incertidumbre jurídica y reavivar el debate ético sobre los límites de la intervención de terceros en decisiones profundamente personales.( Diario Médico )
Por Alfredo Calcedo 22 de junio de 2026
La psiquiatría no solo tiene la responsabilidad de tratar los trastornos mentales, sino también de proteger las condiciones sociales que hacen posible la salud mental. Esta es la idea central del artículo, que sostiene que el bienestar psicológico depende de una democracia sólida, capaz de garantizar derechos, confianza institucional, participación ciudadana y respeto por la dignidad humana. Cuando estos pilares se debilitan, aumentan la polarización, la desinformación, el miedo y la desconfianza, factores que repercuten negativamente en la salud de las personas y las comunidades. Los autores defienden que los profesionales de la salud mental no pueden mantenerse al margen de estos procesos. La tradición ética de la medicina obliga a promover las condiciones que favorecen el bienestar colectivo y a denunciar aquellas dinámicas sociales y políticas que generan sufrimiento o amplían las desigualdades. En este sentido, la psiquiatría debe implicarse en la defensa de los derechos humanos, la equidad, la inclusión social y el acceso universal a la atención sanitaria, evitando al mismo tiempo cualquier utilización política o partidista de la profesión. El artículo concluye que la salud de la democracia y la salud mental son inseparables. Fortalecer instituciones democráticas, fomentar la confianza social y proteger las libertades fundamentales constituye también una estrategia de prevención en salud mental. Por ello, la psiquiatría está llamada a desempeñar un papel activo como defensora del bienestar colectivo y de una sociedad más justa y resiliente. ( Psychiatry Online )