Trastorno bipolar con características mixtas

3 de junio de 2026

En esta entrevista realizada durante el congreso de la American Psychiatric Association (APA), el psiquiatra Roger McIntyre analiza una de las formas más difíciles de identificar del trastorno bipolar: los episodios con características mixtas. Se trata de situaciones en las que síntomas depresivos y síntomas maníacos aparecen al mismo tiempo, algo que puede generar gran confusión tanto en los pacientes como en los profesionales.

McIntyre explica que muchas personas no presentan una manía “clásica”, sino una mezcla de tristeza, desesperanza y falta de energía junto con irritabilidad, agitación, pensamientos acelerados, ansiedad intensa o dificultad para dormir. Estos cuadros suelen ser mal diagnosticados porque pueden parecer una depresión común o incluso otros trastornos psiquiátricos.

El especialista destaca que reconocer estas características mixtas es fundamental, ya que se asocian a una mayor gravedad clínica, peor funcionamiento diario y un riesgo más elevado de suicidio. Por ello, recomienda que los médicos investiguen de forma específica la presencia de síntomas de ambos polos del trastorno bipolar durante la evaluación.

En cuanto al tratamiento, señala que no todos los medicamentos funcionan igual en estos pacientes. Los antidepresivos, que a menudo se utilizan como monoterapia, con frecuencia no son eficaces o desestabilizan a los pacientes con trastornos mixtos; los psicoestimulantes pueden desestabilizar los estados mixtos o de ciclo rápido, y el valproato carece de eficacia en la depresión bipolar o en el tratamiento de mantenimiento, con un riesgo teratogénico sustancial.

Las opciones respaldadas por la evidencia se centran en los antipsicóticos de segunda generación con datos de características mixtas (por ejemplo, cariprazina; lumateperona /lurasidona en la depresión bipolar con características mixtas; olanzapina-samidorfán para reducir la vulnerabilidad metabólica) y el litio. El objetivo es controlar simultáneamente los síntomas depresivos y maníacos, reducir el sufrimiento y prevenir nuevas recaídas.

Por Alfredo Calcedo 3 de junio de 2026
El artículo cuestiona la tendencia de considerar las llamadas adicciones conductuales como equivalentes a los trastornos por consumo de sustancias . Los autores señalan que gran parte de la investigación en este campo parte de la idea de que ambos fenómenos son esencialmente iguales, por lo que se utilizan las mismas teorías, métodos de estudio y herramientas de evaluación desarrolladas para las adicciones a drogas. Sin embargo, advierten que este enfoque presenta importantes problemas. Si cualquier conducta que pueda realizarse de forma excesiva —como comer, trabajar, hacer ejercicio o usar el teléfono móvil— se interpreta como una adicción, se corre el riesgo de patologizar comportamientos cotidianos y trivializar el significado real de la adicción. Además, recuerdan que la frecuencia con la que una persona realiza una actividad no demuestra por sí sola la existencia de una enfermedad. Una conducta puede ser muy frecuente sin generar problemas, mientras que el malestar asociado a ella puede estar influido por valores personales, creencias morales o normas sociales. Los autores también critican la comparación directa entre sustancias psicoactivas y comportamientos, ya que las drogas producen efectos biológicos específicos y procesos de adaptación corporal que no están claramente demostrados en muchas conductas consideradas adictivas. Como conclusión, defienden que la investigación sobre las adicciones conductuales debe desarrollar modelos propios, centrados en comprender las experiencias reales de las personas afectadas. En lugar de copiar los paradigmas de las adicciones a sustancias, proponen explorar nuevos enfoques que permitan explicar mejor estos problemas y ofrecer respuestas clínicas más precisas.
Por Alfredo Calcedo 3 de junio de 2026
Estudio descriptivo , compuesto por una revisión bibliográfica especializada y un análisis de resoluciones judiciales, que analiza desde una perspectiva médico-legal, la relación entre los trastornos mentales y la imputabilidad penal, identificando patrones clínico-delictivos y valoraciones judiciales en casos de delitos graves. Resultados Los trastornos psicóticos fueron más frecuentes en delitos de homicidio, mientras que los trastornos de la personalidad predominaron en agresiones sexuales. La mayoría de los acusados fueron considerados plenamente imputables, incluso en presencia de trastornos mentales graves. La semiimputabilidad no supuso una reducción sustancial de las penas, y el internamiento psiquiátrico se aplicó únicamente en casos de inimputabilidad. La psicopatía, aunque identificable en algunos perfiles clínico-delictivos, no apareció como diagnóstico formal en ninguna resolución. Discusión Los hallazgos muestran una aplicación restrictiva de la eximente por trastorno mental en el sistema judicial español, en línea con el modelo mixto de valoración de la imputabilidad. A pesar del reconocimiento de psicopatología, la respuesta penal prioriza la prisión ordinaria sobre las medidas terapéuticas. Se evidencia la necesidad de herramientas diagnósticas más específicas y de recursos forenses y penitenciarios adecuados para integrar el enfoque clínico y jurídico en la evaluación de la responsabilidad penal.
Por Alfredo Calcedo 2 de junio de 2026
El Tribunal Supremo tenía que determinar si los padres de una persona adulta, con plena capacidad para decidir, pueden recurrir judicialmente la autorización de una eutanasia concedida a su hijo. El caso surge a raíz de la petición de un hombre que, tras sufrir varios ictus e infartos, vive con graves secuelas y un intenso sufrimiento físico y emocional. Aunque su solicitud había superado los controles médicos y legales previstos por la ley, su padre acudió a los tribunales para intentar impedirla. ( Confilegal ) El debate no se centraba tanto en si la eutanasia debía realizarse, sino en quién tiene derecho a intervenir en estos procedimientos. La cuestión enfrentaba dos principios: por un lado, la autonomía de la persona que solicita poner fin a su vida conforme a la Ley de Eutanasia; por otro, la posibilidad de que familiares cercanos puedan cuestionar judicialmente esa decisión. La controversia ha generado una gran repercusión social y jurídica porque la resolución del Supremo puede marcar el futuro de muchos casos similares. Finalmente, el tribunal ha reconocido que las personas con una vinculación especialmente estrecha con el solicitante, como padres o familiares directos, pueden presentar recursos ante la justicia. Esta decisión abre un nuevo escenario en el que los procedimientos de eutanasia podrían verse sometidos a una mayor judicialización y a posibles retrasos, incluso cuando la persona solicitante cumple los requisitos legales establecidos. ( poderjudicial.es )