Apoyar el uso adecuado de medicamentos psicotrópicos en la atención a personas mayores y con discapacidad

19 de febrero de 2026

Las Comisiones Reales (Australia) sobre los sectores de atención a personas mayores y personas con discapacidad revelaron importantes preocupaciones acerca del uso inapropiado de medicamentos psicotrópicos como restricción química en personas con discapacidad o deterioro cognitivo.

En respuesta, la Comisión Australiana de Seguridad y Calidad en la Atención Sanitaria desarrolló el Estándar de Medicamentos Psicotrópicos en la Atención Clínica de Discapacidad o Deterioro Cognitivo (el Estándar), con el objetivo de orientar el uso de psicotrópicos y garantizar las mejores prácticas en el apoyo a las personas con discapacidad o deterioro cognitivo. Este artículo ofrece una visión general del Estándar y su aplicación en los sectores de la atención a personas mayores y la discapacidad.

La Norma promueve la atención centrada en la persona y prioriza la evaluación exhaustiva, las estrategias sin medicación y el desarrollo de planes individuales de apoyo conductual antes de considerar el uso de psicofármacos. Anima a los servicios de salud a contar con políticas claras sobre el uso de psicofármacos, incluyendo la necesidad de documentar las estrategias sin medicación ensayadas antes de su uso y de supervisar la eficacia de cualquier psicofármaco prescrito.

El consentimiento informado es un requisito reglamentario previo al uso de psicofármacos como práctica restrictiva. La Norma hace hincapié en la claridad de los objetivos terapéuticos, la transferencia clínica durante las transiciones de atención, la revisión y la desprescripción periódicas de psicofármacos para minimizar los daños, especialmente en casos de uso prolongado y polifarmacia con psicofármacos.

Por Alfredo Calcedo 3 de julio de 2026
La nueva versión del Real Decreto de Formación Sanitaria introduce cambios relevantes en la relación laboral especial de los residentes. El texto incorpora el derecho a conocer con antelación suficiente la distribución de la jornada, con el objetivo de facilitar la planificación personal y la conciliación. También regula el régimen de incompatibilidades, permitiendo actividades literarias, artísticas, científicas o técnicas siempre que no tengan carácter profesional, no interfieran en la formación y cuenten con autorización. Uno de los puntos centrales es la jornada laboral: se fijan descansos mínimos, se limita la guardia a 17 horas y se establece, con carácter general, un máximo de cuatro guardias mensuales o 68 horas, aunque podrá añadirse una guardia excepcional con garantías. Además, la jornada total no deberá superar las 45 horas semanales de promedio trimestral. La norma también actualiza las retribuciones, garantiza complementos en situaciones como incapacidad temporal o nacimiento y cuidado de menor, e introduce evaluaciones bienales de riesgos psicosociales para proteger la salud de los residentes.
Por Alfredo Calcedo 3 de julio de 2026
La noticia recoge la reclamación de un trabajador guipuzcoano que solicitó a la Seguridad Social una incapacidad permanente tras romper con su pareja que le provocó un trastorno adaptativo mixto con ansiedad y depresión. El hombre, técnico comercial durante más de veinte años, alegaba que la situación le generaba tristeza, rabia y frustración, afectando a su concentración, organización y capacidad para afrontar las exigencias de su profesión. Tras ser despedido por ineptitud sobrevenida en mayo de 2025, pidió una pensión calculada sobre una base reguladora de 3.673 euros mensuales. Sin embargo, tanto el INSS como los tribunales rechazaron su petición. El TSJ del País Vasco entendió que, aunque existía malestar psicológico, no se habían visto afectadas sus capacidades superiores, cognitivas o volitivas. La sentencia recuerda que para reconocer una incapacidad permanente no basta el sufrimiento ni el diagnóstico, sino una limitación laboral objetiva, grave y duradera. ( diariovasco y larazon.es)
Por Alfredo Calcedo 3 de julio de 2026
El estudio analiza la posible relación entre las conmociones cerebrales documentadas y los arrestos policiales en jugadores de fútbol americano. Parte de una premisa conocida: las lesiones en la cabeza pueden afectar a la regulación neuroconductual y asociarse con mayor impulsividad o agresividad. Para explorarlo, los autores utilizaron datos públicos de 6.201 jugadores que disputaron al menos un partido entre 2010 y 2020, cruzando las conmociones registradas en ese periodo con arrestos ocurridos entre 2010 y 2024. En los análisis iniciales, los jugadores con antecedentes documentados de conmoción cerebral presentaban más probabilidades de haber sido arrestados que quienes no tenían ese historial. En el caso de arrestos violentos, la tendencia fue similar, aunque sin alcanzar significación estadística. Los autores subrayan que se trata de una evidencia preliminar y la asociación no permite establecer causalidad. Aun así, los resultados justifican seguir investigando esta relación. Comentado en PsyPost