España debe pagar una indemnización por falta de seguimiento en prisión a una paciente con problemas de salud mental

17 de febrero de 2025

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España por violar el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derecho Humanos (“Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad…”) y deberá pagar una indemnización de 20.000 euros a una mujer, a la que no se hizo seguimiento en salud mental en la prisión donde estaba retenida.

Admite el Tribunal de Derechos Humanos que los tribunales españoles no realizaron una correcta valoración, ni seguimiento, ni tratamiento de la mujer. Recuerdan que "no se puede privar de libertad a una persona por falta de juicio a menos que se pueda demostrar de manera fehaciente su trastorno mental sobre la base de un peritaje médico objetivo" y, además, demostrarse que "el trastorno mental requería de internamiento obligatorio y que, en caso de internamiento continuado, debía demostrarse la persistencia de dicho trastorno". Es decir, un control o una revisión de la paciente que nunca se hizo.

El TEDH censura que "no se evaluó su estado mental cuando se dictó la orden", casi dos años después de que sucedieran los hechos (el fuego en su casa) y de la valoración psiquiátrica.

Como dice el profesor D. Alfredo Calcedo Barba, profesor titular de Psiquiatría en la Universidad Complutense de Madrid y expresidente de la Sociedad Española de Psiquiatría Legal “el problema es que la salud mental penitenciaria no da votos".

Por Alfredo Calcedo 3 de noviembre de 2025
En el Congreso de los Diputados, se ha propuesto una reforma legal que proteja mejor a los profesionales sanitarios frente al ciberacoso y amenazas derivadas del uso de inteligencia artificial (IA), como los deepfakes. Expertos en Derecho Sanitario, como el abogado Ricardo De Lorenzo, advierten que el avance tecnológico ha dejado a médicos y enfermeros vulnerables ante nuevas formas de agresión digital. Actualmente, el Código Penal no contempla claramente estas situaciones, lo que dificulta sancionar a quienes dañan el honor o la integridad de los sanitarios. De ahí que se considere “deseable” actualizar el Código Penal. En España ya se han dado casos como el de Susana Moreno, jefa del Servicio de Endocrinología y Nutrición del Hospital Gregorio Marañón, cuya imagen fue suplantada para promocionar pastillas para el adelgazamiento. Además del deepfake, se señala el problema del cyberstalking, donde pacientes pueden acosar a médicos fuera del contexto clínico, por ejemplo, a través de redes sociales o correos electrónicos.
Por Alfredo Calcedo 3 de noviembre de 2025
En EEUU la administración intravenosa repetida de ketamina se está adoptando cada vez más como tratamiento no autorizado para la depresión mayor en la práctica clínica habitual; sin embargo, la evidencia sólida de ensayos controlados con placebo para valorar la eficacia y seguridad de esketamina intravenosa a corto y largo plazo sigue siendo limitada. Este ensayo pragmático, aleatorizado, doble ciego y controlado con midazolam (ensayo KARMA-Dep 2), evalúa la eficacia, seguridad, tolerabilidad, rentabilidad y calidad de vida de los antidepresivos durante y después de infusiones seriadas de ketamina como complemento a la atención hospitalaria habitual. El seguimiento de los participantes tuvo una duración de 6 meses. Resultado: no se observaron diferencias estadísticamente significativas en el criterio de valoración principal, la puntuación en la escala de depresión de Montgomery-Åsberg (MADRS) al final del tratamiento, entre los grupos de ketamina y midazolam. Tampoco se observaron diferencias significativas en los criterios de valoración secundarios de eficacia, cognitivos, económicos o de calidad de vida. Conclusión: Las infusiones seriadas de ketamina no respaldan un efecto antidepresivo superior de las infusiones intravenosas seriadas de ketamina como terapia complementaria a la atención hospitalaria habitual para la depresión moderada a grave.
Por Alfredo Calcedo 3 de noviembre de 2025
Durante décadas, los neurocientíficos han teorizado que las "voces" que oyen las personas con esquizofrenia se originan en una confusión del cerebro entre su propio diálogo interno y sonidos externos. En este estudio se ha proporcionado evidencia directa que respalda esta hipótesis mediante el análisis de ondas cerebrales. Utilizando electroencefalografía (EEG) para monitorizar la actividad eléctrica del cerebro, los investigadores examinaron cómo las personas procesan su diálogo interno. Normalmente, cuando hablamos —en voz alta o en silencio— el cerebro anticipa el sonido de nuestra voz y suprime temporalmente la actividad en la corteza auditiva, el área responsable del procesamiento de los sonidos externos, para diferenciar los pensamientos propios de los estímulos externos. Sin embargo, en las personas que experimentan alucinaciones auditivas, este mecanismo predictivo falla. El estudio contó con 142 participantes, incluyendo personas con esquizofrenia que habían experimentado alucinaciones recientemente, otras con la enfermedad, pero sin alucinaciones recientes y un grupo de control sin diagnóstico. Se pidió a los participantes que mentalmente dijeran «bah» o «bih» mientras escuchaban estos sonidos a través de auriculares. En quienes oyeron voces, surgió un patrón sorprendente: sus cerebros mostraron una mayor actividad en la corteza auditiva cuando su habla imaginada coincidía con el sonido externo, en lugar de suprimirlo como se esperaba. Esto sugiere que el cerebro procesaba los pensamientos internos como si fueran voces externas. Esta clasificación errónea de los sentidos explica por qué las voces alucinatorias se perciben como vívidamente reales, revelándolas como un error neurológico y no como mera imaginación. Los hallazgos no solo profundizan nuestra comprensión de la esquizofrenia, sino que también abren el camino a la detección temprana de la psicosis, lo que podría permitir tratamientos más oportunos y eficaces.