Unas gotas de azúcar alivia la sensación de dolor en recién nacidos durante punciones hospitalarias

23 de marzo de 2026

Una revisión Cochrane describe cómo algo tan sencillo como unas gotas de azúcar (sacarosa) puede aliviar la sensación de dolor en recién nacidos por las punciones hospitalarias. Durante sus primeros días de vida, especialmente en las unidades de cuidados intensivos neonatales, muchos bebés —prematuros y a término— afrontan repetidos procedimientos dolorosos mientras sus sistemas de regulación del dolor aún son inmaduros.

Prevenir o tratar el dolor procedimental en neonatos hospitalizados es importante ya que la exposición a dolor agudo repetido y no tratado en las primeras etapas de la vida puede conducir a cambios a corto y largo plazo en la estructura y conectividad del sistema somatosensorial, como se ha demostrado en estudios de neuroimagen.

Desde hace décadas se utiliza una solución dulce de azúcar que se coloca en la boca del recién nacido poco antes de los procedimientos con aguja. Sin embargo, faltaban evidencias sólidas sobre su eficacia en procedimientos específicos como la venopunción.

La revisión, que analizó 29 ensayos con más de 2.700 bebés, confirma que la sacarosa reduce el dolor durante e inmediatamente después del pinchazo, y que su efecto es aún mayor si se combina con succión no nutritiva. Los estudios no reportaron efectos adversos a corto plazo, aunque se necesitan más investigaciones para conocer los posibles efectos del uso repetido.

Pese a que su aplicación está extendida, los autores observan una notable variabilidad en los estudios respecto a dosis y tiempos. Por ello, reclaman protocolos claros y un uso deliberado y documentado, para garantizar seguridad y coherencia clínica.

Comentado en TheObjective

Por Alfredo Calcedo 7 de mayo de 2026
La Proposición de Ley Orgánica presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, propone reformar la forma en que se tramitan los internamientos involuntarios por razones de salud mental (antes por trastorno psíquico) en el artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El texto parte de un cambio profundo en la manera de entender la discapacidad, en línea con la reforma del artículo 49 de la Constitución y con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Se deja atrás una visión asistencial y se refuerza la idea de que las personas con discapacidad son titulares plenos de derechos. La iniciativa responde también a una carencia legal detectada desde hace años: el Tribunal Constitucional declaró que esta materia debía regularse mediante ley orgánica por implicar privación de libertad, algo que aún no se había corregido. La proposición busca así mayor seguridad jurídica y una protección más sólida de los derechos fundamentales. La reforma introduce un nuevo capítulo en la ley que distingue tres tipos de internamiento: asistencial, terapéutico y por urgencia vital. En todos los casos se refuerza el control judicial, el derecho a ser oído, la segunda opinión de otro psiquiatra, la asistencia letrada obligatoria desde el inicio y la revisión periódica de la medida. El internamiento se concibe como una opción excepcional, limitada en el tiempo y nunca basada solo en la existencia de una discapacidad. Además, se establecen garantías específicas cuando la persona afectada es menor de edad. [congreso.es] Sin duda, esta proposición de ley introduce mayores garantía legales, tal como lo exige la Constitución, la Convención de Nueva York y el TEDH, sin embargo, estas garantías procesales solo son reales si tienen detrás medios materiales y personales para hacerlas efectivas, aspectos no mencionados en esta propuesta de ley, por lo que existe el riesgo de convertirse solo en una garantía meramente formal o un cuello de botella que retrasa ingresos necesarios. Para mas detalle aconsejamos la lectura del post del profesor Alfredo Calcedo .
Por Alfredo Calcedo 7 de mayo de 2026
Varios artículos publicados en BMJ sobre las opiniones acerca de la salud mental de Trump: ¿Deberían los médicos expresar su preocupación por la salud mental de un presidente? https://www.bmj.com/content/393/bmj.s741 ¿Son éticas o peligrosas las especulaciones de los profesionales de la salud en los medios de comunicación? https://www.bmj.com/content/393/bmj.s750 Diagnosticar al presidente Trump y tratar el Alzheimer: las complejidades de la salud cerebral. https://www.bmj.com/content/393/bmj.s823
Por Alfredo Calcedo 7 de mayo de 2026
Concentraciones bajas en sangre de vitamina D en la edad adulta tardía se han asociado con un mayor riesgo de deterioro cognitivo y demencia clínica. Sin embargo, se desconoce si la vitamina D sérica al inicio de la mediana edad se asocia con marcadores de neuroimagen de demencia preclínica. El objetivo de este estudio de cohorte prospectivo fue determinar la asociación entre la vitamina D sérica al inicio de la mediana edad (edad media de la muestra 39 años) y la carga posterior de tau y amiloide en la tomografía por emisión de positrones (PET) cerebral, en una cohorte de adultos sin demencia. RESULTADOS En una muestra de individuos sin demencia, un nivel sérico más alto de 25(OH)D al comienzo de la mediana edad se asoció 16 años después, con una menor carga de depósito de proteína tau en la PET cerebral, pero no se asoció con una menor deposición de amiloide en la PET. Este efecto fue notable tanto para el depósito global de tau como para la carga de tau en una región compuesta que incluía algunas de las regiones afectadas más tempranamente en la demencia por EA (corteza entorrinal, giro parahipocampal, giro fusiforme, amígdala y las cortezas temporal inferior y media). Comentado en Geriatricarea