Neuroderechos: qué dice la neurociencia

12 de marzo de 2025

Artículo sobre la importancia de los neuroderechos en el contexto de los avances tecnológicos y científicos en neurociencia. Se destaca la necesidad de proteger la privacidad de nuestros pensamientos y evitar el acceso a nuestra actividad cerebral con fines económicos o sociopolíticos.

El artículo menciona la propuesta Cognify del biólogo molecular Hashem Al-Ghaili, que utiliza la estimulación magnética transcraneal de alta resolución para rehabilitar criminales y pacientes con estrés postraumático modificando sus memorias emocionales.

También se hace referencia a los trabajos pioneros con electrodos profundos del neurofisiólogo español José Manuel Rodríguez Delgado en la década de 1950. Entonces empezaron a surgir los primeros temores por su potencial utilización en la manipulación de la voluntad humana.

En 2007, John Donoghue y su equipo de la Universidad de Brown lograron que un paciente tetrapléjico controlara mentalmente el puntero de un ordenador mediante un microchip insertado en la corteza cerebral. En 2012, estos investigadores permitieron que otro paciente tetrapléjico controlara un brazo robótico externo para comer. Resultados similares han sido obtenidos recientemente por la empresa Neurolink de Elon Musk.

El artículo también aborda el desarrollo de sistemas portátiles, como gorras o diademas, que captan la actividad eléctrica cerebral durante la vida diaria y la envían a centros de inteligencia artificial para su interpretación. Estos dispositivos podrían prever deseos de consumo y clasificar social y políticamente a los individuos.

Finalmente, se resalta la importancia de la colaboración del sistema legislativo para salvaguardar los neuroderechos y proteger la privacidad de nuestros pensamientos.

Destacar en este campo de los neuroderechos el importante trabajo del español Rafael Yuste, que además es presidente de la Neurorights Foundation.

Por Alfredo Calcedo 3 de julio de 2026
La nueva versión del Real Decreto de Formación Sanitaria introduce cambios relevantes en la relación laboral especial de los residentes. El texto incorpora el derecho a conocer con antelación suficiente la distribución de la jornada, con el objetivo de facilitar la planificación personal y la conciliación. También regula el régimen de incompatibilidades, permitiendo actividades literarias, artísticas, científicas o técnicas siempre que no tengan carácter profesional, no interfieran en la formación y cuenten con autorización. Uno de los puntos centrales es la jornada laboral: se fijan descansos mínimos, se limita la guardia a 17 horas y se establece, con carácter general, un máximo de cuatro guardias mensuales o 68 horas, aunque podrá añadirse una guardia excepcional con garantías. Además, la jornada total no deberá superar las 45 horas semanales de promedio trimestral. La norma también actualiza las retribuciones, garantiza complementos en situaciones como incapacidad temporal o nacimiento y cuidado de menor, e introduce evaluaciones bienales de riesgos psicosociales para proteger la salud de los residentes.
Por Alfredo Calcedo 3 de julio de 2026
La noticia recoge la reclamación de un trabajador guipuzcoano que solicitó a la Seguridad Social una incapacidad permanente tras romper con su pareja que le provocó un trastorno adaptativo mixto con ansiedad y depresión. El hombre, técnico comercial durante más de veinte años, alegaba que la situación le generaba tristeza, rabia y frustración, afectando a su concentración, organización y capacidad para afrontar las exigencias de su profesión. Tras ser despedido por ineptitud sobrevenida en mayo de 2025, pidió una pensión calculada sobre una base reguladora de 3.673 euros mensuales. Sin embargo, tanto el INSS como los tribunales rechazaron su petición. El TSJ del País Vasco entendió que, aunque existía malestar psicológico, no se habían visto afectadas sus capacidades superiores, cognitivas o volitivas. La sentencia recuerda que para reconocer una incapacidad permanente no basta el sufrimiento ni el diagnóstico, sino una limitación laboral objetiva, grave y duradera. ( diariovasco y larazon.es)
Por Alfredo Calcedo 3 de julio de 2026
El estudio analiza la posible relación entre las conmociones cerebrales documentadas y los arrestos policiales en jugadores de fútbol americano. Parte de una premisa conocida: las lesiones en la cabeza pueden afectar a la regulación neuroconductual y asociarse con mayor impulsividad o agresividad. Para explorarlo, los autores utilizaron datos públicos de 6.201 jugadores que disputaron al menos un partido entre 2010 y 2020, cruzando las conmociones registradas en ese periodo con arrestos ocurridos entre 2010 y 2024. En los análisis iniciales, los jugadores con antecedentes documentados de conmoción cerebral presentaban más probabilidades de haber sido arrestados que quienes no tenían ese historial. En el caso de arrestos violentos, la tendencia fue similar, aunque sin alcanzar significación estadística. Los autores subrayan que se trata de una evidencia preliminar y la asociación no permite establecer causalidad. Aun así, los resultados justifican seguir investigando esta relación. Comentado en PsyPost