Práctica de la telepsiquiatría en un entorno seguro
14 de noviembre de 2020
OBJETIVO DEL WEBINAR
La telepsiquiatría, entendida como la prestación de los servicios médicos realizados a distancia, es la respuesta adecuada para mantener la necesaria relación entre paciente y profesional cuando no se puede desarrollar una consulta presencial. El concepto de telepsiquiatría engloba distintas actuaciones clínicas, realizadas sin la presencia física del paciente en la consulta del médico. Englobaría dicho concepto, entre otras, las ciber-consultas o teleconsultas, la prescripción electrónica en el ámbito público y privado, acceso a resultados de pruebas complementarias, interacción por diferentes canales (teléfono, email, chats, audio diferido, etc.
El marco jurídico de la tele-psiquiatría es muy poco conocido por los profesionales. Es necesario de ayudar a los psiquiatras con herramientas, y desarrollando procedimientos, que ayuden al cumplimiento de la normativa, asegurando un tratamiento lícito y seguro de las historias clínicas y la información médica, la realización de pruebas diagnósticas; la identificación inequívoca de los pacientes; la determinación de la ubicación física a efectos administrativos de la realización de la consulta, entre otras.
El objetivo de estos webinars es ayudar a los psiquiatras a conocer el marco legal de la prestación de servicios de telepsiquiatría, y propiciar la implementación de los protocolos necesarios. El objetivo último es garantizar que la actividad de la telepsiquiatría cumple con los estándares legales y de protección al paciente.
PROGRAMA
Introducción. Confidencialidad y protección de datos.
Garantía de la confidencialidad en el uso de la tecnología.
Gestión y control de accesos a las historias clínicas.
Tratamiento de datos de personas fallecidas.
Ejercicio de derechos de acceso, supresión, limitación, portabilidad y oposición.
Garantías del paciente y obligaciones del médico y del centro médico.
Tecnología reconocida. Aplicativos y herramientas seguras para la prestación de los servicios a distancia.
Certificación de la calidad: ENS e ISO 27001
Análisis de riesgos de la telepsiquiatría
Gestión de la seguridad de los tratamientos de datos
Uso de servicios cloud en historia clínica electrónica
La receta electrónica y la gestión de seguridad
Ponentes:
Alfredo Calcedo Barba - Moderador
Ponentes:
Óscar López Rodríguez (UBT Legal and Compliance)
Santiago Cruz Roldán (UBT Legal and Compliance)
Ana Pérez Vázquez (UBT Legal and Compliance)
Discusores:
Blanca Morera Pérez (SEPL)
Eloy Rodríguez Arrebola (SEPL)

Un equipo de científicos ha desarrollado un dispositivo cuyo objetivo es mejorar y afinar el diagnóstico de la enfermedad de Parkinson. Consiste en u n bolígrafo cargado con tinta magnética y diseñado para que los trazos escritos por el paciente puedan convertirse en señales eléctricas cuyos patrones puedan analizarse en un sistema de inteligencia artificial. El análisis de los patrones mostrados permitió distinguir a los pacientes con párkinson de los participantes sanos con una precisión media del 96,2%. Comentado en Diario Médico

La microdosificación de psicodélicos , como la dietilamida del ácido lisérgico (LSD), ha generado interés por sus posibles beneficios en diversos trastornos psiquiátricos, como el trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH). Sin embargo, se desconoce la eficacia del LSD para reducir los síntomas del TDAH. Este estudio trata de determinar la seguridad y eficacia de dosis bajas repetidas de LSD para reducir los síntomas del TDAH en comparación con placebo. Resultados: En este ensayo clínico aleatorizado, multicéntrico, doble ciego y controlado con placebo, realizado en 53 personas, tanto el grupo con LSD como el grupo placebo mostraron una reducción significativa de los síntomas de TDAH. Sin embargo, no se observaron diferencias en la reducción de los síntomas entre ambos grupos. Esto significa que el LSD no fue eficaz para reducir los síntomas del TDAH en comparación con el placebo; estos resultados cuestionan la práctica anecdótica y resaltan la importancia de los ensayos controlados con placebo en la investigación de psicodélicos en dosis bajas.

El conductor del autobús accidentado en Avilés (Asturias) en 2018 ha sido condenado a tres años de prisión por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y doce delitos de lesiones por imprudencia grave. Además, se le ha impuesto la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por cuatro años, junto con la pérdida definitiva del permiso de conducir y la inhabilitación especial para ejercer como conductor profesional durante 4 años. La jueza ha determinado que el acusado padecía epilepsia focal criptogénica desde 2015 y que, aunque estuvo bajo seguimiento médico, no aceptaba su diagnóstico debido a las consecuencias laborales que ello implicaba. A pesar de estar en tratamiento con medicación antiepiléptica, continuó ejerciendo su profesión, aunque los médicos le habían advertido que su condición era incompatible con la conducción de autobuses. El tribunal también ha señalado que el servicio de prevención de la empresa para la que trabajaba desconocía su historial médico, por lo que en 2018 fue declarado apto para el trabajo. No obstante, la resolución no es firme, por lo que el condenado aún puede presentar un recurso de apelación. Este caso me recuerda, salvando las diferencias, el caso del vuelo 9525 de Germanwings donde el piloto que también padecía problemas de salud y tampoco los comunicó a su empresa, estrelló el avión para suicidarse, matando además a 149 personas. De nuevo se plantea el dilema eterno entre autonomía y seguridad. ¿Debe ser la persona quien comunique a los servicios de prevención y riesgos laborales de la empresa de las condiciones médicas que padece o directamente los servicios médicos que atienden al paciente quienes deben informar al servicio médico de la empresa?