Riesgo de por vida de enfermedad renal grave en pacientes tratados con litio

2 de enero de 2024

Estudio retrospectivo que investiga la asociación entre la duración del tratamiento con litio y el riesgo de enfermedad renal crónica en etapa 4 o superior (ERC4+).

Enfermedad renal en etapa 4 o superior indica insuficiencia renal grave con filtrado glomerular por debajo de 30 mL/min.

Resultados:

Considerando un horizonte de vida de 90 años, el riesgo de por vida de ERC4+ para pacientes que inician tratamiento con litio entre los 55 y 74 años osciló entre 13,9% y 18,6%. Por el contrario, el grupo de pacientes de mayor edad, aquellos que comenzaron a tomar litio a los 75 años o más, tuvo un riesgo de por vida más bajo, del 5,4%. El riesgo acumulado a 10 años para los pacientes que comenzaron a administrar litio entre los 18 y los 54 años fue mínimo, oscilando entre el 0% y el 0,7%. El nivel de creatinina previo al tratamiento fue un factor predictivo, con un índice de riesgo de 4,6 (IC del 95 %: 2,75 a 7,68) para valores dentro del tercio superior del rango de referencia en comparación con el tercio inferior. Además, veinte o más años de exposición al litio mostraron una fuerte asociación con un mayor riesgo de ERC4+ en comparación con 1 a 5 años de uso de litio, con un odds ratio de 6,14 (IC del 95%: 2,65 a 14,26).

Conclusiones

El riesgo de ERC4+ entre los pacientes tratados con litio mostró diferencias significativas relacionadas con la edad. El mayor riesgo aparece cuando el tratamiento con litio se inicia entre los 55 y 74 años. Los pacientes menores de 55 años tenían un riesgo insignificante a 10 años, mientras que el riesgo de por vida para los mayores de 75 años era limitado. La duración del tratamiento con litio, especialmente superior a 20 años, surgió como un factor de riesgo importante. Para la evaluación y predicción de riesgos individuales, es esencial tener en cuenta la edad, los niveles de creatinina previos al tratamiento y el horizonte temporal elegido para la predicción.

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La microdosificación de psicodélicos , como la dietilamida del ácido lisérgico (LSD), ha generado interés por sus posibles beneficios en diversos trastornos psiquiátricos, como el trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH). Sin embargo, se desconoce la eficacia del LSD para reducir los síntomas del TDAH. Este estudio trata de determinar la seguridad y eficacia de dosis bajas repetidas de LSD para reducir los síntomas del TDAH en comparación con placebo. Resultados: En este ensayo clínico aleatorizado, multicéntrico, doble ciego y controlado con placebo, realizado en 53 personas, tanto el grupo con LSD como el grupo placebo mostraron una reducción significativa de los síntomas de TDAH. Sin embargo, no se observaron diferencias en la reducción de los síntomas entre ambos grupos. Esto significa que el LSD no fue eficaz para reducir los síntomas del TDAH en comparación con el placebo; estos resultados cuestionan la práctica anecdótica y resaltan la importancia de los ensayos controlados con placebo en la investigación de psicodélicos en dosis bajas.
Por Alfredo Calcedo 13 de junio de 2025
El conductor del autobús accidentado en Avilés (Asturias) en 2018 ha sido condenado a tres años de prisión por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y doce delitos de lesiones por imprudencia grave. Además, se le ha impuesto la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por cuatro años, junto con la pérdida definitiva del permiso de conducir y la inhabilitación especial para ejercer como conductor profesional durante 4 años. La jueza ha determinado que el acusado padecía epilepsia focal criptogénica desde 2015 y que, aunque estuvo bajo seguimiento médico, no aceptaba su diagnóstico debido a las consecuencias laborales que ello implicaba. A pesar de estar en tratamiento con medicación antiepiléptica, continuó ejerciendo su profesión, aunque los médicos le habían advertido que su condición era incompatible con la conducción de autobuses. El tribunal también ha señalado que el servicio de prevención de la empresa para la que trabajaba desconocía su historial médico, por lo que en 2018 fue declarado apto para el trabajo. No obstante, la resolución no es firme, por lo que el condenado aún puede presentar un recurso de apelación. Este caso me recuerda, salvando las diferencias, el caso del vuelo 9525 de Germanwings donde el piloto que también padecía problemas de salud y tampoco los comunicó a su empresa, estrelló el avión para suicidarse, matando además a 149 personas. De nuevo se plantea el dilema eterno entre autonomía y seguridad. ¿Debe ser la persona quien comunique a los servicios de prevención y riesgos laborales de la empresa de las condiciones médicas que padece o directamente los servicios médicos que atienden al paciente quienes deben informar al servicio médico de la empresa?
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