El papel de la glicina en la mejora del sueño:

19 de diciembre de 2025

La glicina, el aminoácido más pequeño y presente de forma natural en el organismo y en numerosos alimentos, ha captado el interés como un prometedor somnífero, con creciente evidencia clínica que respalda su eficacia. Este artículo examina los mecanismos de acción de la glicina para promover el sueño, revisa estudios clínicos que demuestran sus beneficios y ofrece orientación práctica para profesionales de la salud que consideran la suplementación con glicina en pacientes con dificultades para dormir. Las investigaciones demuestran que la glicina actúa a través de múltiples vías, como la termorregulación, la modulación de neurotransmisores y el apoyo al ritmo circadiano.

Mecanismos Fundamentales

1.    Regulación de la temperatura

Para inducir el sueño, el cuerpo necesita bajar la temperatura central, un proceso facilitado al aumentar el flujo sanguíneo a extremidades como manos y pies. La glicina potencia esta vasodilatación periférica antes de dormir, acelerando la bajada de temperatura corporal central y favoreciendo así la inducción del sueño. Algunos estudios muestran que, tras la ingesta de glicina, se detecta un aumento de temperatura en manos y pies en apenas 30 minutos, acompañada de una sensación subjetiva de somnolencia.

2. Neurotransmisor y Neuromodulador

Actuando como neurotransmisor inhibidor en el tronco encefálico y la médula espinal, la glicina modera la actividad neuronal sin causar sedación profunda. Además, interactúa con los receptores NMDA en el cerebro, modulando la excitabilidad neuronal. Estos efectos podrían contribuir a mantener un estado de alerta y claridad mental al despertar, en contraste con los efectos residuales de sedantes más contundentes.

3. Apoyo al Ritmo Circadiano

La glicina podría reforzar los ritmos biológicos circadianos estabilizando los procesos celulares del reloj interno del organismo. Este efecto es útil en personas con patrones de sueño irregulares, ya sea por trabajo nocturno, viajes o rutinas variables, ayudando a restablecer y mantener una pauta de descanso más regular.

4. Preservación de la Arquitectura del Sueño

Un beneficio notable es que la glicina mejora la calidad del sueño sin alterar las fases esenciales (ligero, profundo y REM). Se preserva adecuadamente la estructura del sueño, con un aumento en la eficiencia del sueño profundo y transiciones más suaves entre fases.

Evidencia Clínica

Diversos estudios, principalmente conducidos en Japón, demostraron que 3 g de glicina antes de acostarse reducen el tiempo de latencia del sueño, mejoran la calidad percibida del descanso y elevan la eficiencia del mismo, sin efectos adversos relevantes. Además, estos estudios revelaron mejoras en la alerta y el rendimiento cognitivo al despertar, y una menor fragmentación del sueño durante la noche. La tolerabilidad es notablemente alta: los efectos secundarios son escasos y leves, con ocasional malestar digestivo, y no se han registrado somnolencia residual, dependencia ni insomnio rebote al suspender el suplemento.

Aplicación Terapéutica

La dosis óptima estudiada es de 3 g, tomada aproximadamente una hora antes de dormir, permitiendo que la glicina ejerza sus efectos termorreguladores y neuromoduladores al inicio del sueño. Dosis menores muestran beneficios, aunque en menor medida, y dosis mayores (5–6 g) no han evidenciado ventajas adicionales, pudiendo producir malestar digestivo.

En conclusión, la glicina representa una opción segura, eficaz y bien tolerada para mejorar el sueño. Actúa de forma fisiológica, respetando los procesos naturales del descanso y ofreciendo beneficios tanto inmediatos como sostenidos, sin los riesgos asociados con los hipnóticos tradicionales. Es especialmente útil para pacientes que buscan alternativas naturales o presentan efectos adversos con otros tratamientos.


Por Alfredo Calcedo 6 de julio de 2026
Artículo sobre la atención sanitaria a los pacientes encarcelados . Las personas encarceladas en los EE. UU. tienen una mortalidad por todas las causas, ajustada por edad, un 39 % mayor que las que no están encarceladas (no se dispone de datos absolutos), y el cáncer es la causa de muerte más común (27,5 % frente al 19,8 % de la población general), seguido de las enfermedades cardíacas (26 % frente al 22 % en la población general). El porcentaje de personas encarceladas en prisiones de EE. UU. de 55 años o más aumentó del 3 % en 1991 al 15 % en 2021, principalmente debido a las largas condenas. Para 2020, el 30% de las personas que cumplían condenas a cadena perpetua tenían 55 años o más, con aproximadamente 61.400 adultos mayores condenados a morir mientras estaban encarcelados. En entornos penitenciarios, las personas de 55 años o más experimentan enfermedades relacionadas con la edad, como demencia y enfermedades cardíacas, comparables a las de las personas no encarceladas de 75 años o más. Debido a que la mayoría de los pacientes encarcelados que requieren atención especializada u hospitalización son transferidos a hospitales comunitarios mientras aún están bajo custodia, muchos mueren en hospitales comunitarios bajo supervisión correccional. De 2009 a 2013, el 38,6% de las muertes entre las personas que están encarceladas en California ocurrieron en hospitales comunitarios, con porcentajes que alcanzan el 70% en algunos estados. Los cuidados paliativos son considerados un derecho humano por la Organización Mundial de la Salud y atención estándar por la Sociedad Americana del Cáncer, y los cuidados de hospicio se centran en la paliación sobre la atención curativa en los últimos meses de vida. La atención al final de la vida para la población reclusa que envejece rápidamente en Estados Unidos presenta numerosos desafíos para quienes fallecen en prisión o en hospitales comunitarios, como la desconfianza entre pacientes y profesionales sanitarios, la escasa participación familiar y el control inadecuado del dolor.
Por Alfredo Calcedo 6 de julio de 2026
El suicidio es una de las principales causas de muerte entre los adolescentes estadounidenses, y las políticas restrictivas sobre el aborto pueden influir en el riesgo de suicidio al aumentar la incertidumbre y reducir la percepción de control sobre las trayectorias vitales, especialmente entre las adolescentes que enfrentan barreras desproporcionadas para acceder al aborto. El objetivo de este estudio transversal mediante encuestas fue evaluar si la implementación de prohibiciones totales del aborto se asoció con ideación suicida e intentos de suicidio entre estudiantes femeninas de secundaria. Resultados: En este estudio transversal realizado con estudiantes de secundaria (16 años), se encontró que aquellos estados (USA) que implementaron prohibiciones totales del aborto se asociaron con un aumento de la ideación suicida entre las estudiantes, observándose estimaciones similares, aunque menos precisas, para los intentos de suicidio. Estos hallazgos sugieren que las políticas en estos estados pueden afectar negativamente a la salud mental de las adolescentes y subrayan la necesidad de servicios accesibles de prevención del suicidio y salud mental en los estados afectados.
Por Alfredo Calcedo 6 de julio de 2026
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado que un profesional pueda ser suspendido de empleo y sueldo por negarse a cumplir una obligación de vacunación frente al SARS-CoV-2, siempre que la medida no entre dentro del ámbito protegido por la normativa europea contra la discriminación laboral. El fallo parte del caso de un militar italiano, oficial del Ministerio de Defensa, que fue apartado de sus funciones en 2022 tras rechazar la vacunación obligatoria impuesta al personal castrense durante la pandemia. El afectado alegó que la medida era discriminatoria, ya que solo se aplicaba a militares y no al personal civil que trabajaba en el mismo entorno. También sostuvo que su negativa respondía a convicciones personales y que la suspensión salarial le impedía mantener a su familia. Sin embargo, el TJUE rechaza estos argumentos. Considera que la diferencia de trato se basa en la pertenencia a una categoría profesional distinta, no en motivos protegidos como religión, discapacidad, edad u orientación sexual. La corte europea añade que cuestionar la eficacia o los riesgos de la vacunación no equivale necesariamente a una convicción religiosa, filosófica o espiritual. Tampoco acepta que la propuesta de realizar pruebas diagnósticas cada 48 horas obligue a revisar la decisión sanitaria italiana. La resolución no supone una validación general de cualquier suspensión salarial por rechazar una vacuna, sino una respuesta acotada a una obligación impuesta al personal militar italiano en el contexto de la pandemia. La clave del fallo es que el TJUE deja fuera del ámbito de la directiva antidiscriminatoria tanto la diferencia entre militares y civiles como las objeciones basadas en argumentos científicos o de política sanitaria frente a la vacunación.