Hacer luz de gas (gaslighting)

15 de abril de 2026

Hacer luz de gas (“Gaslighting”) no se trata únicamente de mentir, sino de algo más sofisticado: manipulación psicológica para erosionar la confianza de una persona en su propia percepción hasta que la realidad misma se vuelve inestable.

El texto abre con una definición clara: Hacer luz de gas consiste en manipular psicológicamente a alguien hasta que dude de sus recuerdos, su juicio y, en última instancia, de su cordura. Pero lejos de quedarse en el ámbito doméstico —donde suele imaginarse— el artículo desplaza el foco hacia escenarios más amplios, especialmente el entorno laboral. Allí, el agresor no solo distorsiona hechos, sino que construye cuidadosamente una narrativa alternativa que otros terminan creyendo. Con el tiempo, esta versión adulterada de la realidad se institucionaliza.

El mecanismo es insidioso. No opera mediante confrontaciones abiertas, sino a través de pequeñas negaciones, reinterpretaciones y omisiones que, acumuladas, desestabilizan a la víctima. Mientras tanto, quienes detentan poder —superiores, líderes o estructuras organizativas— pueden verse seducidos por la credibilidad fabricada del manipulador. Así, el hacer luz de gas deja de ser un acto individual y se convierte en un sistema de coerción sostenido.

El artículo también subraya que este fenómeno prospera en culturas donde el control y la obediencia reemplazan al pensamiento crítico. En estos entornos, cuestionar la narrativa dominante no solo es difícil, sino peligroso. El silencio, la complicidad y la negación colectiva actúan como fertilizantes de la manipulación.

En última instancia, hacer luz de gas no busca simplemente convencer, sino dominar. Es una estrategia de poder que despoja a la víctima de su punto de referencia más básico: la confianza en su propia mente. Y cuando eso se pierde, la dependencia del manipulador ya no es accidental, sino estructural.

Por Alfredo Calcedo 3 de junio de 2026
En esta entrevista realizada durante el congreso de la American Psychiatric Association (APA), el psiquiatra Roger McIntyre analiza una de las formas más difíciles de identificar del trastorno bipolar: los episodios con características mixtas. Se trata de situaciones en las que síntomas depresivos y síntomas maníacos aparecen al mismo tiempo, algo que puede generar gran confusión tanto en los pacientes como en los profesionales. McIntyre explica que muchas personas no presentan una manía “clásica”, sino una mezcla de tristeza, desesperanza y falta de energía junto con irritabilidad, agitación, pensamientos acelerados, ansiedad intensa o dificultad para dormir. Estos cuadros suelen ser mal diagnosticados porque pueden parecer una depresión común o incluso otros trastornos psiquiátricos. El especialista destaca que reconocer estas características mixtas es fundamental, ya que se asocian a una mayor gravedad clínica, peor funcionamiento diario y un riesgo más elevado de suicidio. Por ello, recomienda que los médicos investiguen de forma específica la presencia de síntomas de ambos polos del trastorno bipolar durante la evaluación. En cuanto al tratamiento, señala que no todos los medicamentos funcionan igual en estos pacientes. Los antidepresivos, que a menudo se utilizan como monoterapia, con frecuencia no son eficaces o desestabilizan a los pacientes con trastornos mixtos; los psicoestimulantes pueden desestabilizar los estados mixtos o de ciclo rápido, y el valproato carece de eficacia en la depresión bipolar o en el tratamiento de mantenimiento, con un riesgo teratogénico sustancial. Las opciones respaldadas por la evidencia se centran en los antipsicóticos de segunda generación con datos de características mixtas (por ejemplo, cariprazina; lumateperona /lurasidona en la depresión bipolar con características mixtas; olanzapina-samidorfán para reducir la vulnerabilidad metabólica) y el litio. El objetivo es controlar simultáneamente los síntomas depresivos y maníacos, reducir el sufrimiento y prevenir nuevas recaídas.
Por Alfredo Calcedo 3 de junio de 2026
El artículo cuestiona la tendencia de considerar las llamadas adicciones conductuales como equivalentes a los trastornos por consumo de sustancias . Los autores señalan que gran parte de la investigación en este campo parte de la idea de que ambos fenómenos son esencialmente iguales, por lo que se utilizan las mismas teorías, métodos de estudio y herramientas de evaluación desarrolladas para las adicciones a drogas. Sin embargo, advierten que este enfoque presenta importantes problemas. Si cualquier conducta que pueda realizarse de forma excesiva —como comer, trabajar, hacer ejercicio o usar el teléfono móvil— se interpreta como una adicción, se corre el riesgo de patologizar comportamientos cotidianos y trivializar el significado real de la adicción. Además, recuerdan que la frecuencia con la que una persona realiza una actividad no demuestra por sí sola la existencia de una enfermedad. Una conducta puede ser muy frecuente sin generar problemas, mientras que el malestar asociado a ella puede estar influido por valores personales, creencias morales o normas sociales. Los autores también critican la comparación directa entre sustancias psicoactivas y comportamientos, ya que las drogas producen efectos biológicos específicos y procesos de adaptación corporal que no están claramente demostrados en muchas conductas consideradas adictivas. Como conclusión, defienden que la investigación sobre las adicciones conductuales debe desarrollar modelos propios, centrados en comprender las experiencias reales de las personas afectadas. En lugar de copiar los paradigmas de las adicciones a sustancias, proponen explorar nuevos enfoques que permitan explicar mejor estos problemas y ofrecer respuestas clínicas más precisas.
Por Alfredo Calcedo 3 de junio de 2026
Estudio descriptivo , compuesto por una revisión bibliográfica especializada y un análisis de resoluciones judiciales, que analiza desde una perspectiva médico-legal, la relación entre los trastornos mentales y la imputabilidad penal, identificando patrones clínico-delictivos y valoraciones judiciales en casos de delitos graves. Resultados Los trastornos psicóticos fueron más frecuentes en delitos de homicidio, mientras que los trastornos de la personalidad predominaron en agresiones sexuales. La mayoría de los acusados fueron considerados plenamente imputables, incluso en presencia de trastornos mentales graves. La semiimputabilidad no supuso una reducción sustancial de las penas, y el internamiento psiquiátrico se aplicó únicamente en casos de inimputabilidad. La psicopatía, aunque identificable en algunos perfiles clínico-delictivos, no apareció como diagnóstico formal en ninguna resolución. Discusión Los hallazgos muestran una aplicación restrictiva de la eximente por trastorno mental en el sistema judicial español, en línea con el modelo mixto de valoración de la imputabilidad. A pesar del reconocimiento de psicopatología, la respuesta penal prioriza la prisión ordinaria sobre las medidas terapéuticas. Se evidencia la necesidad de herramientas diagnósticas más específicas y de recursos forenses y penitenciarios adecuados para integrar el enfoque clínico y jurídico en la evaluación de la responsabilidad penal.