Nuevos criterios de valoración del daño moral en agresión sexual: no requiere prueba pericial
Una sentencia del Tribunal Supremo establece nueva doctrina sobre la valoración y cuantificación del daño moral en los delitos de contenido sexual.
El Tribunal afirma con rotundidad que el sufrimiento psicológico y emocional derivado de un delito sexual (incluso en grado de tentativa) es intrínseco al hecho y no requiere prueba pericial tasada para ser indemnizable. La Sala asegura la máxima compensación posible ante la imposibilidad material de restaurar la situación anterior al ilícito penal, reconociendo el carácter permanente y multidimensional (personal, social y de pareja) del dolor infligido a la víctima.

