El Ministerio de Sanidad abre la puerta a los pediatras para que accedan a la especialidad de psiquiatría infanto juvenil

24 de mayo de 2021

Analizamos el texto definitivo enviado por el Ministerio de Sanidad al Consejo de Estado

En la Junta Directiva de la Sociedad Española de Psiquiatría Legal /SEPL) hemos tenido acceso a la documentación relacionada con el expediente de creación de la especialidad de Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia, y que ha sido remitida al Consejo de Estado para informe. El texto del Proyecto de Real Decreto que se incluye en el expediente es la versión de 25 de Marzo de 2021, que muy probablemente será la definitiva, pues el informe del Consejo de Estado no es vinculante.

 

Dado que este es un tema que tiene un gran interés para el conjunto de profesionales de la psiquiatría en España vamos a ir analizando el contenido del texto a través de varias piezas informativas que publicaremos en la Newsletter y la web de la SEPL.


Desde la Junta Directiva de la SEPL queremos manifestar nuestro más firme apoyo a la creación de la especialidad de psiquiatría infantil y de la adolescencia, que esperamos que se realice cuanto antes.

 

Como es conocido se produjo un gran debate cuando el Ministerio de Sanidad sometió a alegaciones un borrador del Proyecto de Real Decreto. El texto recibió numerosas críticas por diversos temas que comentaremos en otro momento. Sorprendentemente, en el texto que se hizo público entonces no se mencionaba nada relativo a que los especialistas en pediatría pudieran acceder al título de psiquiatra infantil y de la adolescencia.

 

Sin embargo en el texto del 25-3-2021, remitido al Consejo de Estado, se incluye un párrafo en una disposición transitoria que permite a los pediatras acceder al título de psiquiatras infantiles si demuestran ocho años de “prestación de servicios vinculada con el perfil de la especialidad”. En concreto el texto dice literalmente:

 

2. Podrán acceder al título de especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia por la vía  extraordinaria, los especialistas en Pediatría y sus Áreas Específicas que acrediten una prestación de servicios vinculada con el perfil de la especialidad definido en el artículo 2.1, durante al menos ocho años dentro de los diez anteriores a la entrada en vigor de este real decreto. Dicho ejercicio profesional se corresponderá, como mínimo, con la jornada ordinaria del personal estatutario de los servicios públicos de salud.


El conocimiento de esta disposición ha causado gran preocupación entre profesionales de largos años de experiencia en psiquiatría infanto-juvenil, pues se teme una avalancha de solicitudes que, aunque la comisión de la especialidad las rechace inicialmente, es muy probable que dicho rechazo se revoque en la vía contencioso-administrativa. Sobre todo teniendo en cuenta lo laxos que son los criterios (prestación de servicios vinculada con el perfil).


Sorprende también que el Ministerio haya incluido este elemento en el texto, algo que no había planteado a lo largo de toda la tramitación. En febrero de este año se informó de que un grupo de profesionales de la psiquiatría infanto-juvenil fueron recibidos por el Ministerio de Sanidad para tratar el problema de la especialidad. No se informó de que el texto abriera la puerta a los pediatras.


Por Alfredo Calcedo 15 de diciembre de 2025
En medio de una campaña presidencial marcada por la preocupación por la inseguridad, el presidente Gabriel Boric lanzó una afirmación que sacudió el debate: en Chile mueren más personas por suicidio que por homicidio . Lo que podría parecer un dato técnico se convierte en un llamado urgente a mirar la salud mental como un problema de primer orden. “De una se habla mucho, de la otra se habla poco”, dijo Boric, subrayando la necesidad de abordar el tema con firmeza. Mientras la sensación de inseguridad crece por la presencia de bandas criminales y delitos violentos, las cifras oficiales muestran que los homicidios han disminuido respecto al año anterior. Esto implica que la violencia autoinfligida continúa representando una carga mayor desde la perspectiva de salud pública. En promedio, Chile enfrenta aproximadamente el doble de muertes por suicidio que por homicidio. Desde 2018, el suicidio se mantiene como la principal causa de muerte violenta en Chile. En 2024 se registraron 1.984 suicidios frente a 1.207 homicidios. La tasa de suicidio chilena, de 10,5 por cada 100.000 habitantes, supera el promedio mundial y se ubica entre las más altas de América Latina, aunque por debajo de Uruguay. Este fenómeno, que a inicios del siglo XX era marginal, hoy representa cerca del 2% de las muertes totales. El perfil predominante es masculino: cuatro de cada cinco suicidios son cometidos por hombres, especialmente adultos mayores. Factores como mayor acceso a métodos letales, consumo elevado de alcohol, baja tolerancia a la frustración y escasa búsqueda de ayuda psicológica explican esta brecha. Entre los mayores de 80 años, la tasa alcanza cifras alarmantes: 31,1 por cada 100.000 en hombres, frente a 1,4 en mujeres. Aunque se ha logrado reducir el suicidio juvenil gracias al Programa Nacional de Prevención del Suicidio, persisten riesgos crecientes en hombres adultos y mayores, agravados por aislamiento, soledad y precariedad económica. Las regiones del sur, como Aysén y La Araucanía, presentan tasas consistentemente superiores al promedio nacional. En este contexto, la salud mental ha entrado tímidamente en la agenda electoral. Jeannette Jara, candidata presidencial, ha puesto énfasis en el tema desde su experiencia personal: su primer marido se suicidó poco después de casarse. “Un fallecimiento por suicidio es un duelo casi eterno”, afirma. Su historia humaniza un problema que, pese a su magnitud, sigue siendo menos visible que la violencia delictiva. Chile enfrenta así un desafío silencioso: cómo integrar la salud mental en las políticas públicas y romper el estigma que rodea a quienes más lo necesitan
Por Alfredo Calcedo 15 de diciembre de 2025
La falsificación de partes médicos de baja laboral constituye un delito grave tipificado como falsedad en documento oficial , según el Tribunal Supremo. Este criterio se aplica incluso cuando la manipulación se realiza sobre documentos digitales que simulan ser auténticos. El caso analizado ilustra esta situación: un trabajador, diagnosticado inicialmente con gastroenteritis y con baja médica el 6 de junio de 2017, alteró digitalmente ese parte para justificar una ausencia el día siguiente. Posteriormente, envió otro documento falso el 12 de junio, alegando correcciones, sin presentar nunca los originales, solo archivos modificados por correo electrónico. El tribunal debía resolver si la alteración de copias digitales equivalía a falsedad en documento oficial. La jurisprudencia aclara que las fotocopias alteradas suelen considerarse documentos privados, salvo que simulen un documento oficial. En este caso, los partes médicos, aunque transmitidos telemáticamente, son oficiales porque los emite la Seguridad Social. Por ello, la falsificación digital se sanciona con la misma severidad que la física. El Supremo subraya que lo determinante no es el medio técnico, sino la naturaleza y finalidad del documento. Aquí, la simulación buscaba un beneficio económico indebido: el trabajador percibió 31,96 euros por días no justificados. La sentencia concluye que se cometió falsedad en documento oficial, imponiendo seis meses de prisión, multa y penas accesorias, destacando la gravedad del fraude y la necesidad de proteger la autenticidad administrativa. Finalmente, se menciona que desde abril de 2023 ya no es obligatorio entregar los partes médicos a la empresa, aunque sí comunicar la baja para organizar el trabajo, según la reforma laboral y resoluciones recientes. Este caso marca un precedente sobre la validez y protección de documentos oficiales, independientemente de su formato.
Por Alfredo Calcedo 15 de diciembre de 2025
El Parlamento de Nueva Gales del Sur (Australia) ha publicado el primer informe estatal sobre los efectos de la pornografía en la salud mental, emocional y física, desafiando la idea generalizada de que todo contenido pornográfico es dañino. La investigación, impulsada por el Comité Permanente de Asuntos Sociales, reunió voces diversas: investigadores, educadores, padres, organizaciones religiosas, trabajadoras sexuales, colectivos feministas, la industria del entretenimiento para adultos y jóvenes. Esta pluralidad permitió un análisis matizado de una cuestión polémica: ¿cómo afecta la pornografía a los adolescentes? El informe concluye que la pornografía no es “inherentemente perjudicial”, y que su impacto depende del tipo de contenido, el contexto y la persona que lo consume. Reconoce riesgos como la distorsión de la intimidad, la perpetuación de estereotipos de género y la influencia en la percepción del consentimiento, aunque la evidencia sobre estos efectos sigue siendo contradictoria. También señala que el acceso temprano es común: la exposición accidental ocurre en torno a los 11 años y la búsqueda intencionada, a los 13, principalmente mediante internet. Ante la falta de una educación sexual que aborde el tema, muchos jóvenes recurren a la pornografía para informarse, especialmente quienes no se ven representados en los programas escolares, como la juventud LGBTQIA+. Lejos de ser consumidores pasivos, los adolescentes muestran capacidad crítica: cuestionan la falta de consentimiento, la erotización de la juventud y la prevalencia de categorías de pornografía por ejemplo pornografía de "familia reconstituida”. Algunos incluso proponen estándares más éticos en la industria. El informe recomienda más investigación, formación para docentes y apoyo a padres, fomentando conversaciones abiertas y sin juicios. Sugiere que las escuelas superen mensajes simplistas y dialoguen con la comprensión que los jóvenes ya poseen. En definitiva, plantea un enfoque educativo y social que reconozca la complejidad del fenómeno, en lugar de demonizarlo.