Psiquiatría infantil: especialistas y MESTOS

14 de noviembre de 2021

Análisis de las implicaciones del RD de creación de la especialidad de Psiquiatría infantil. Vuelta a la dinámica de especialistas y MESTOS

Seguramente los médicos más jóvenes son ajenos al concepto de MESTO, por lo que conviene aclararlo, y conocer su historia. En la década de los setenta se asentó definitivamente el sistema MIR como la única vía para acceder a las especialidades médicas. Sin embargo, esto provocó una situación conflictiva. El número de aspirantes superaba ampliamente al de plazas de formación ofertadas. Esto se debía a que en la Transición las facultades de Medicina admitieron un gran número de estudiantes, por lo que el número de egresados de las facultades era enorme. A principios de los ochenta se produjo el cierre de otra vía de acceso a la especialidad: las escuelas profesionales.


Durante muchos años las convocatorias MIR tuvieron un número de aspirantes muy superior al de plazas ofertadas. Esto se denominaba la bolsa de paro histórica de la profesión médica. A finales de los setenta se impuso el
numerus clausus y se limitó el acceso a las facultades y, progresivamente, se fue reduciendo esta bolsa de paro hasta su desaparición. Ya entrados en el presente siglo se produjo la situación contraria, en la que los egresados de las facultades de Medicina españolas no cubrían todas las plazas disponibles. Por ello, se permitió el acceso al examen MIR a ciudadanos extranjeros con el título homologado en España. Los ciudadanos de la Unión Europea también podían presentarse al MIR sin trabas por el principio de libre circulación de trabajadores.


Pero volvamos a la Psiquiatría. En los setenta y ochenta había muchas plazas de psiquiatra que no se podían cubrir, ya que los psiquiatras titulados no estaban interesados en trabajar allí. Los directores de estos centros fueron contratando a médicos que, sin tener el título de psiquiatras, podían ejercer sus funciones, pues tenían alguna experiencia en la especialidad, aunque no tuvieran una formación reglada. Surgió la figura del MESTO (Médico Especialista Sin Título Oficial). Algunos llegaron a tener plazas en propiedad mediante un concurso de méritos, con lo que conseguían estabilidad laboral.


A finales de 1992 hubo una crisis económica importante. Los psiquiatras recién egresados del MIR ya no encontraban puestos de trabajo tan fácilmente como antes. Entonces surge el conflicto con los MESTOS ya que los psiquiatras vía MIR empezaron a desplazar de sus trabajos a los MESTOS. Se vivieron situaciones complicadas ya que había MESTOS que llevaban muchos años de experiencia, pero sin un título de especialista, y los jóvenes psiquiatras los desplazaban. Muchos fueron al paro.


El Ministerio sacó alguna convocatoria para paliar este problema, y se permitió a algunos MESTOS hacer un examen y acreditar sus competencias. Existe una asociación de MESTOS, y en
su web se explica la problemática.


En la actualidad el fenómeno MESTO en Psiquiatría está volviendo. Existe un gran número de plazas de psiquiatra en ciudades pequeñas donde no se consigue contratar a un psiquiatra formado vía MIR. Por ello, se está contratando a médicos de otros países con un contrato de médico general, pero para ejercer las funciones de psiquiatra.


Hay que destacar que la normativa actual, y diferentes sentencias que la avalan, no define qué se puede hacer, o qué no, hacer dentro de cada especialidad. Tener un título implica que se han acreditado unas competencias clínicas, pero no implica que al no tener el título no se tengan las competencias. Existen innumerables ejemplos de esto.


Vamos ahora a la cuestión de la Psiquiatría infantil. Responsables del Ministerio de Sanidad han manifestado
públicamente que los psiquiatras titulados antes del Real Decreto podrán seguir atendiendo niños y adolescentes, si así lo desean, hasta que se jubilen. El problema está en si se va a reproducir la dinámica que hubo con los Mestos hace 30 años. Algo parecido también ocurrió con los psicólogos clínicos vía PIR que fueron desplazando de sus puestos a los que no tenían la especialidad.


Como ya hemos explicado hay un
colectivo importante de psiquiatras que, por la normativa establecida en el Real Decreto, se quedan fuera de los criterios para acceder al título. La mayoría son psiquiatras jóvenes, con vocación de trabajar en Psiquiatría infantil, y a los que en las unidades docentes donde realizaron el MIR no se les permitió rotar en los últimos doce meses en recursos de Psiquiatría infantil. Sin embargo, al terminar la especialidad han estado trabajando con población infanto - juvenil.


Según el Ministerio, y otras organizaciones, estos colegas pueden estar tranquilos ya que siempre podrán seguir viendo niños. Cabe entonces preguntarse ¿qué ocurrirá dentro de 7 - 8 años cuando terminen su formación las primeras promociones de médicos especialistas en Psiquiatría de la infancia y de las adolescencia? Previsiblemente, ocurrirá lo mismo que ocurrió con los MESTOS hace treinta años. Estos nuevos psiquiatras infantiles protestarán e intentarán desplazar a aquellos que no tienen el título de psiquiatras infantiles, si no tienen plaza en propiedad.


Por otro lado, estos MESTOS de la Psiquiatría infantil tampoco podrán concursar en las plazas convocadas ya que exigirán, como es lógico, el título de psiquiatra infantil.


Así pues, ¿qué incentivo les queda a estos psiquiatras, la mayoría interinos, para seguir en la Psiquiatría infantil, si no tienen posibilidad de progresar profesionalmente?, ¿estarán en riesgo permanente de que los desplacen los colegas que sí tengan el título de psiquiatra infantil?


La situación va a ser todavía más paradójica. Alguno de estos psiquiatras infantiles MESTOS van a tener que formar a los nuevos psiquiatras infantiles, como tutores de sus rotaciones. Cuando se convoquen a concurso oposición las plazas, que ocupan interinamente los psiquiatras infantiles mestos, éstos no podrán presentarse, y sí podrán hacerlo los que han sido sus discípulos. Por lo tanto, serán desplazados, sin poder evitarlo. Leyendo el Real Decreto de creación de la especialidad no hay salida a este problema.


Existe la creencia, más o menos generalizada, de que los miembros de la Comisión de la Especialidad de Psiquiatría infantil, conscientes de este problema, van a tener una interpretación flexible de los requisitos. Sin embargo, el criterio de tiempo trabajado es muy claro, y si no se cumple no se puede otorgar el título. Dar el título a quien no cumple el requisito temporal sería una clara ilegalidad. Lo mismo que los certificados de rotaciones de los últimos doce meses que emite la Comisión de Docencia del centro sanitario. Certificar que estuvo rotando en recursos de Psiquiatría infantil cuando no fue así también sería una ilegalidad, por parte de quien firma el documento acreditativo. 


El Ministerio de Sanidad tiene que dar una solución al problema de la especialidad de Psiquiatría infantil, y a muchos profesionales con una trayectoria incuestionable que van a ver mermadas sus aspiraciones profesionales.


Fe de errores (16-11-2021): en una versión anterior del artículo se afirmaba que los actuales residentes no podrán acceder al título de psiquiatra infantil. Esta afirmación es errónea pues, como nos ha señalado uno de nuestros lectores, el R.D. recoge una vía de acceso para este grupo. Otra cuestión es que la Unidad de Formación en la que el MIR realiza la residencia le permita rotar los 12 meses que exige el trayecto A.

Por Alfredo Calcedo 6 de julio de 2026
Artículo sobre la atención sanitaria a los pacientes encarcelados . Las personas encarceladas en los EE. UU. tienen una mortalidad por todas las causas, ajustada por edad, un 39 % mayor que las que no están encarceladas (no se dispone de datos absolutos), y el cáncer es la causa de muerte más común (27,5 % frente al 19,8 % de la población general), seguido de las enfermedades cardíacas (26 % frente al 22 % en la población general). El porcentaje de personas encarceladas en prisiones de EE. UU. de 55 años o más aumentó del 3 % en 1991 al 15 % en 2021, principalmente debido a las largas condenas. Para 2020, el 30% de las personas que cumplían condenas a cadena perpetua tenían 55 años o más, con aproximadamente 61.400 adultos mayores condenados a morir mientras estaban encarcelados. En entornos penitenciarios, las personas de 55 años o más experimentan enfermedades relacionadas con la edad, como demencia y enfermedades cardíacas, comparables a las de las personas no encarceladas de 75 años o más. Debido a que la mayoría de los pacientes encarcelados que requieren atención especializada u hospitalización son transferidos a hospitales comunitarios mientras aún están bajo custodia, muchos mueren en hospitales comunitarios bajo supervisión correccional. De 2009 a 2013, el 38,6% de las muertes entre las personas que están encarceladas en California ocurrieron en hospitales comunitarios, con porcentajes que alcanzan el 70% en algunos estados. Los cuidados paliativos son considerados un derecho humano por la Organización Mundial de la Salud y atención estándar por la Sociedad Americana del Cáncer, y los cuidados de hospicio se centran en la paliación sobre la atención curativa en los últimos meses de vida. La atención al final de la vida para la población reclusa que envejece rápidamente en Estados Unidos presenta numerosos desafíos para quienes fallecen en prisión o en hospitales comunitarios, como la desconfianza entre pacientes y profesionales sanitarios, la escasa participación familiar y el control inadecuado del dolor.
Por Alfredo Calcedo 6 de julio de 2026
El suicidio es una de las principales causas de muerte entre los adolescentes estadounidenses, y las políticas restrictivas sobre el aborto pueden influir en el riesgo de suicidio al aumentar la incertidumbre y reducir la percepción de control sobre las trayectorias vitales, especialmente entre las adolescentes que enfrentan barreras desproporcionadas para acceder al aborto. El objetivo de este estudio transversal mediante encuestas fue evaluar si la implementación de prohibiciones totales del aborto se asoció con ideación suicida e intentos de suicidio entre estudiantes femeninas de secundaria. Resultados: En este estudio transversal realizado con estudiantes de secundaria (16 años), se encontró que aquellos estados (USA) que implementaron prohibiciones totales del aborto se asociaron con un aumento de la ideación suicida entre las estudiantes, observándose estimaciones similares, aunque menos precisas, para los intentos de suicidio. Estos hallazgos sugieren que las políticas en estos estados pueden afectar negativamente a la salud mental de las adolescentes y subrayan la necesidad de servicios accesibles de prevención del suicidio y salud mental en los estados afectados.
Por Alfredo Calcedo 6 de julio de 2026
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado que un profesional pueda ser suspendido de empleo y sueldo por negarse a cumplir una obligación de vacunación frente al SARS-CoV-2, siempre que la medida no entre dentro del ámbito protegido por la normativa europea contra la discriminación laboral. El fallo parte del caso de un militar italiano, oficial del Ministerio de Defensa, que fue apartado de sus funciones en 2022 tras rechazar la vacunación obligatoria impuesta al personal castrense durante la pandemia. El afectado alegó que la medida era discriminatoria, ya que solo se aplicaba a militares y no al personal civil que trabajaba en el mismo entorno. También sostuvo que su negativa respondía a convicciones personales y que la suspensión salarial le impedía mantener a su familia. Sin embargo, el TJUE rechaza estos argumentos. Considera que la diferencia de trato se basa en la pertenencia a una categoría profesional distinta, no en motivos protegidos como religión, discapacidad, edad u orientación sexual. La corte europea añade que cuestionar la eficacia o los riesgos de la vacunación no equivale necesariamente a una convicción religiosa, filosófica o espiritual. Tampoco acepta que la propuesta de realizar pruebas diagnósticas cada 48 horas obligue a revisar la decisión sanitaria italiana. La resolución no supone una validación general de cualquier suspensión salarial por rechazar una vacuna, sino una respuesta acotada a una obligación impuesta al personal militar italiano en el contexto de la pandemia. La clave del fallo es que el TJUE deja fuera del ámbito de la directiva antidiscriminatoria tanto la diferencia entre militares y civiles como las objeciones basadas en argumentos científicos o de política sanitaria frente a la vacunación.