Sikorav contra el mundo

18 de noviembre de 2025

Artículo de opinión publicado en “Los márgenes de la psiquiatría” sobre los conflictos de Sikorav un psiquiatra francés con la burocracia médica. 

Michael Sikorav, psiquiatra en práctica privada en Changé (Francia), padece un trastorno bipolar y escribe en Psychiatrie Internationale. Su enfoque clínico se basa en su experiencia personal y en la evidencia científica, lo que lo ha llevado a enfrentarse al sistema sanitario francés. 

Como paciente, pasó años probando tratamientos estándar como litio, lamotrigina y aripiprazol, con escasos beneficios o efectos adversos. Quetiapina le ayudó en fases maníacas, pero le provocó sedación y aumento de peso, que controló con metformina. También encontró alivio con levotiroxina para la depresión. Tras completar su residencia (2015-2019) y trabajar en hospital psiquiátrico hasta 2022, abrió consulta privada ofreciendo lo que consideraba cuidados superiores: metformina para efectos metabólicos, hormona tiroidea en depresión y pramipexol en casos resistentes. Estas prácticas, habituales en EE. UU., son controvertidas en Francia. 

Farmacéuticos rechazaron sus recetas, aunque aceptan combinaciones cuestionables como altas dosis de antipsicóticos antiguos. El rechazo fue generalizado y derivó en denuncias. Un paciente bipolar, privado de pramipexol, empeoró y realizó un intento grave de suicidio; solo hospitalizado recibió el fármaco. Sikorav presentó evidencia al Consejo Médico, que validó su razonamiento, pero autoridades y farmacéuticos se negaron a dialogar. Ante la falta de soluciones, hizo pública su historia y diagnóstico, atrayendo la atención de la CPAM (agencia francesa del medicamento), que lo calificó de “peligroso e inestable” por su bipolaridad y prescripción off-label, pese a no haber quejas de pacientes. 

Fue sometido a dos evaluaciones: una clínica y otra psiquiátrica. La segunda, según él, fue humillante y distorsionada. Finalmente, fue autorizado a seguir ejerciendo, aunque el proceso fue agotador y coincidió con la enfermedad grave de su hijo recién nacido. El problema central es normativo: las prescripciones fuera de indicación deben marcarse, obligando al paciente a pagar. Sikorav omitió esta marca para evitar perjuicios, lo que ahora se considera infracción. Aunque el Consejo Médico avaló la pertinencia clínica, las autoridades exigen reembolsos, amenazando su continuidad profesional. 

Critica la paradoja: el sistema financia usos off-label dudosos, pero cuestiona opciones respaldadas por evidencia. Señala falta de formación y burocracia sin alfabetización clínica. Sobre la psiquiatría francesa, denuncia el uso rutinario y prolongado de antipsicóticos sin indicación clara y la normalización del daño metabólico sin medidas preventivas. 

Percibe hipocresía: las autoridades proclaman la salud mental como prioridad, pero lo atacaron por revelar su diagnóstico. Tras una entrevista en mayo de 2024, la CPAM lo vigiló y concluyó que estaba descompensado, incluso interpretando su humor como prueba de inestabilidad. Sikorav ve improbable una reforma rápida, aunque espera seguir trabajando. Si la presión aumenta, contempla emigrar, aunque preferiría quedarse y ver modernizada la psiquiatría francesa. 

Por Alfredo Calcedo 6 de julio de 2026
Artículo sobre la atención sanitaria a los pacientes encarcelados . Las personas encarceladas en los EE. UU. tienen una mortalidad por todas las causas, ajustada por edad, un 39 % mayor que las que no están encarceladas (no se dispone de datos absolutos), y el cáncer es la causa de muerte más común (27,5 % frente al 19,8 % de la población general), seguido de las enfermedades cardíacas (26 % frente al 22 % en la población general). El porcentaje de personas encarceladas en prisiones de EE. UU. de 55 años o más aumentó del 3 % en 1991 al 15 % en 2021, principalmente debido a las largas condenas. Para 2020, el 30% de las personas que cumplían condenas a cadena perpetua tenían 55 años o más, con aproximadamente 61.400 adultos mayores condenados a morir mientras estaban encarcelados. En entornos penitenciarios, las personas de 55 años o más experimentan enfermedades relacionadas con la edad, como demencia y enfermedades cardíacas, comparables a las de las personas no encarceladas de 75 años o más. Debido a que la mayoría de los pacientes encarcelados que requieren atención especializada u hospitalización son transferidos a hospitales comunitarios mientras aún están bajo custodia, muchos mueren en hospitales comunitarios bajo supervisión correccional. De 2009 a 2013, el 38,6% de las muertes entre las personas que están encarceladas en California ocurrieron en hospitales comunitarios, con porcentajes que alcanzan el 70% en algunos estados. Los cuidados paliativos son considerados un derecho humano por la Organización Mundial de la Salud y atención estándar por la Sociedad Americana del Cáncer, y los cuidados de hospicio se centran en la paliación sobre la atención curativa en los últimos meses de vida. La atención al final de la vida para la población reclusa que envejece rápidamente en Estados Unidos presenta numerosos desafíos para quienes fallecen en prisión o en hospitales comunitarios, como la desconfianza entre pacientes y profesionales sanitarios, la escasa participación familiar y el control inadecuado del dolor.
Por Alfredo Calcedo 6 de julio de 2026
El suicidio es una de las principales causas de muerte entre los adolescentes estadounidenses, y las políticas restrictivas sobre el aborto pueden influir en el riesgo de suicidio al aumentar la incertidumbre y reducir la percepción de control sobre las trayectorias vitales, especialmente entre las adolescentes que enfrentan barreras desproporcionadas para acceder al aborto. El objetivo de este estudio transversal mediante encuestas fue evaluar si la implementación de prohibiciones totales del aborto se asoció con ideación suicida e intentos de suicidio entre estudiantes femeninas de secundaria. Resultados: En este estudio transversal realizado con estudiantes de secundaria (16 años), se encontró que aquellos estados (USA) que implementaron prohibiciones totales del aborto se asociaron con un aumento de la ideación suicida entre las estudiantes, observándose estimaciones similares, aunque menos precisas, para los intentos de suicidio. Estos hallazgos sugieren que las políticas en estos estados pueden afectar negativamente a la salud mental de las adolescentes y subrayan la necesidad de servicios accesibles de prevención del suicidio y salud mental en los estados afectados.
Por Alfredo Calcedo 6 de julio de 2026
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado que un profesional pueda ser suspendido de empleo y sueldo por negarse a cumplir una obligación de vacunación frente al SARS-CoV-2, siempre que la medida no entre dentro del ámbito protegido por la normativa europea contra la discriminación laboral. El fallo parte del caso de un militar italiano, oficial del Ministerio de Defensa, que fue apartado de sus funciones en 2022 tras rechazar la vacunación obligatoria impuesta al personal castrense durante la pandemia. El afectado alegó que la medida era discriminatoria, ya que solo se aplicaba a militares y no al personal civil que trabajaba en el mismo entorno. También sostuvo que su negativa respondía a convicciones personales y que la suspensión salarial le impedía mantener a su familia. Sin embargo, el TJUE rechaza estos argumentos. Considera que la diferencia de trato se basa en la pertenencia a una categoría profesional distinta, no en motivos protegidos como religión, discapacidad, edad u orientación sexual. La corte europea añade que cuestionar la eficacia o los riesgos de la vacunación no equivale necesariamente a una convicción religiosa, filosófica o espiritual. Tampoco acepta que la propuesta de realizar pruebas diagnósticas cada 48 horas obligue a revisar la decisión sanitaria italiana. La resolución no supone una validación general de cualquier suspensión salarial por rechazar una vacuna, sino una respuesta acotada a una obligación impuesta al personal militar italiano en el contexto de la pandemia. La clave del fallo es que el TJUE deja fuera del ámbito de la directiva antidiscriminatoria tanto la diferencia entre militares y civiles como las objeciones basadas en argumentos científicos o de política sanitaria frente a la vacunación.