“Videovigilancia en el trabajo: ¿Cuándo puedo utilizarla para controlar los empleados?”

1 de octubre de 2025

Artículo que ofrece una guía sobre cómo implementar sistemas de videovigilancia en el trabajo sin vulnerar derechos fundamentales, destacando la importancia del equilibrio entre control empresarial y respeto a la intimidad de los empleados.

Resumen esquemático:

1. Finalidad legítima

La videovigilancia solo puede utilizarse si responde a fines legítimos como garantizar la seguridad, proteger bienes o verificar el cumplimiento de obligaciones laborales. No se permite su uso para fines arbitrarios o invasivos.

2. Principio de proporcionalidad

El control mediante cámaras debe ser proporcional al objetivo perseguido. Esto implica que no se puede grabar de forma indiscriminada ni en lugares donde se afecte gravemente la intimidad (como vestuarios, baños o zonas de descanso).

3. Información previa

El empleador debe informar de forma clara y visible a los trabajadores sobre la existencia de cámaras, su ubicación y la finalidad del tratamiento de imágenes. Esto se puede hacer mediante carteles informativos y políticas internas.

4. Consentimiento y legitimación

No es necesario el consentimiento expreso del trabajador si la videovigilancia se basa en el interés legítimo del empleador, siempre que se cumplan los requisitos legales. Sin embargo, el tratamiento debe estar legitimado conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPDGDD).

5. Uso disciplinario de las imágenes

Las imágenes captadas pueden utilizarse como prueba en procedimientos disciplinarios, pero solo si se ha cumplido con la obligación de informar previamente. La jurisprudencia avala su uso en despidos, siempre que se respeten los derechos fundamentales.

6. Conservación de las grabaciones

Las grabaciones deben conservarse solo durante el tiempo necesario para cumplir su finalidad, y en ningún caso más allá de 30 días, salvo que se requieran para una investigación concreta.

7. Vigilancia oculta

La instalación de cámaras ocultas solo se permite en casos excepcionales, como cuando existen sospechas fundadas de conductas ilícitas y no hay otra forma menos invasiva de verificar los hechos. Esta medida debe ser temporal y justificada.

8. Supervisión por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

La AEPD puede sancionar el uso indebido de videovigilancia, especialmente si se vulneran los principios de información, proporcionalidad o finalidad. El artículo cita ejemplos de sanciones impuestas por no informar adecuadamente o por grabar zonas íntimas.

9. Recomendaciones prácticas

Se aconseja a las empresas realizar una evaluación de impacto, definir claramente las zonas de grabación, limitar el acceso a las imágenes y establecer protocolos internos para su uso. También se recomienda consultar con expertos en protección de datos.

Por Alfredo Calcedo 30 de diciembre de 2025
El trastorno de ansiedad generalizada (TAG) es una afección crónica e incapacitante. Si bien la terapia cognitivo-conductual (TCC) es un tratamiento de primera línea para el TAG, el acceso a este tratamiento es limitado; los programas de TCC digital (TCCD) podrían tener el potencial de superar las barreras para un tratamiento eficaz y ampliar el alcance y el impacto de los terapeutas. El objetivo de este estudio fue evaluar la efectividad de la TCCD administrada por teléfono inteligente en comparación con una condición de control de psicoeducación activa para el tratamiento del TAG. Resultado: En este ensayo clínico aleatorizado en el que participaron 351 adultos con TAG, una terapia cognitivo conductual digital (TCDC) administrada por teléfono inteligente produjo mayores tasas de reducción y remisión de la ansiedad en comparación con la psicoeducación. Dadas las limitaciones en el acceso a la TCC con respaldo empírico, un programa eficaz de TCCD tiene un claro potencial de beneficio para la salud pública.
Por Alfredo Calcedo 30 de diciembre de 2025
El posparto es una fase de alto riesgo para la salud materna e infantil, sin embargo, los predictores de la recurrencia del trastorno bipolar (TB) durante este período siguen sin estar claros, en particular con respecto a las distinciones entre el TB tipo I y II. Este estudio observacional retrospectivo evaluó las tasas y correlatos clínicos de episodios de estado de ánimo posparto en 248 mujeres con antecedentes de al menos un embarazo, afectadas por TB I (n: 89) y TB II (n: 159). Las participantes se dividieron en dos grupos según la presencia/ausencia de episodios de estado de ánimo posparto. Resultados El 29,4% de la muestra total presentaron antecedentes de episodios de alteración del estado de ánimo en el posparto, con una mayor prevalencia en el TB I que en el TB II (30,3% frente a 27,0%). Una edad de inicio del TB más tardía se asoció significativamente con un menor riesgo de recurrencias posparto tanto en el TB I como en el TB II. En el TB I, las mujeres con episodios periparto presentaron la menarquia a una edad más temprana (36,0% frente a 10,0%). En el TB II, las pacientes con recurrencias periparto presentaron una primera hospitalización más temprana y mayores tasas de comorbilidades médicas. Conclusión Estos hallazgos indican que, en el TB I, los factores constitucionales hereditarios subyacentes (como la edad de inicio y la edad de la menarquia) pueden influir en el riesgo de episodios posparto, mientras que en el TB II la recurrencia parece estar más relacionada con la gravedad de la enfermedad (como la edad de la primera hospitalización y las comorbilidades médicas). Dada la falta de predictores establecidos para las recurrencias perinatales, se justifican estudios adicionales para validar y ampliar estos hallazgos, mejorando así la comprensión del riesgo de recurrencia del estado de ánimo durante el período posparto.
Por Alfredo Calcedo 30 de diciembre de 2025
En Japón, el envejecimiento extremo de la población ha generado una crisis silenciosa que se manifiesta en episodios trágicos como el de Masato Watabe, un hombre de 79 años que confesó haber asfixiado a su madre centenaria en un acto que describió como “caridad”. El caso ha reavivado el debate sobre la “fatiga del cuidador” , agotamiento físico, emocional y económico que sufren quienes atienden a familiares ancianos sin apoyo suficiente. Japón es el país más envejecido del mundo: casi el 30% de su población supera los 65 años, uno de cada diez ciudadanos tiene más de 80, y existen unos 90.000 centenarios. Este fenómeno ha creado estructuras familiares frágiles, donde hijos septuagenarios o octogenarios cuidan a padres nonagenarios, en condiciones de aislamiento y con escasos recursos. Aunque el sistema japonés presume de seguros avanzados para cuidados prolongados, las listas de espera son extensas y los costos, elevados, especialmente en zonas rurales. Tras el crimen de Watabe, surgieron voces que pedían comprensión, argumentando que el hombre actuó tras años de agotamiento y soledad. Otros, en cambio, exigieron firmeza judicial, subrayando que el homicidio nunca es justificable. Sin embargo, ambos discursos coincidieron en la urgencia de reforzar políticas públicas que alivien la carga de los cuidadores y amplíen los servicios asistenciales. Este caso no es aislado: en noviembre, una mujer de 71 años fue condenada por matar a su madre de 102, y otra fue arrestada en Nagano por un hecho similar. Según investigaciones, entre 2011 y 2021 se registró en Japón un suicidio o asesinato vinculado al cuidado cada ocho días. Sociólogos advierten que detrás de estos crímenes subyacen factores culturales —el deber moral de cuidar a los padres— y una soledad estructural que, combinadas, pueden convertir el sacrificio en desesperación.