Aspectos médico-legales de la epilepsia del lóbulo temporal

23 de enero de 2025

Revisión de la literatura que explora las implicaciones forenses de la epilepsia del lóbulo temporal (ELT) desde perspectivas históricas, clínicas y periciales, incluida la responsabilidad legal, la muerte súbita y su asociación con el comportamiento delictivo.

La ELT puede estar infradiagnosticada y el diagnóstico debe sugerirse como sospechoso cuando se presenta un comportamiento irracional en una persona bajo ciertos factores estresantes, reconociendo que se vio obligada casi involuntariamente a comportarse mal. Un panel internacional de neurólogos ha establecido cinco criterios para determinar si la conducta violenta y agresiva durante un delito podría atribuirse a una crisis epiléptica: (1) Los diagnósticos de epilepsia deben ser formulados por al menos un neurólogo con competencia específica en epilepsia; (2) La presencia de automatismos epilépticos debe documentarse mediante la historia clínica, mediante una grabación de video en circuito cerrado y biotelemetría electroencefalográfica; (3) La presencia de agresión durante el curso de los automatismos epilépticos debe verificarse mediante una grabación de video EEG, que permite un registro simultáneo de los patrones epileptiformes; (4) La acción violenta o agresiva debe ser característica de las crisis habituales del paciente, como debe surgir de su historia clínica; y (5) El juicio clínico debe ser elaborado por un neurólogo, quien certifique si es posible que la acción agresiva, el delito presuntuoso, sea parte de una crisis epiléptica.

Los cinco criterios periciales para determinar que se cometió un delito debido a una crisis de ELT deben cumplirse para garantizar un testimonio pericial objetivo y transparente. La ELT puede manifestarse como un diagnóstico único o como la crisis focal que desencadena una generalizada. A veces, las manifestaciones de la ELT son exclusivamente conductuales y el comportamiento prodrómico es muy sutil. El médico forense debe conocer este diagnóstico en casos de muerte súbita inesperada en la epilepsia o incluso en muerte súbita inexplicada en la infancia. Todavía es necesaria más investigación para estudiar exhaustivamente esta condición y sus implicaciones forenses y médico-legales. 

Por Alfredo Calcedo 31 de julio de 2025
Como años anteriores, durante el mes de agosto bajamos la persiana hasta septiembre que reiniciaremos la publicación de nuevas noticias de actualidad en psiquiatría. Os deseamos un feliz verano. ¡Un abrazo para todos los compañeros de la SEPL y demás lectores de nuestra newsletter! ¡Hasta septiembre!
Por Alfredo Calcedo 31 de julio de 2025
Una nueva investigación revela que el deseo sexual, tanto crónico como activado en el momento, tiene un impacto significativo en cómo las personas valoran la atracción física en sus parejas a largo plazo. Tradicionalmente, se ha considerado que las personas buscan parejas comprometidas, amables y emocionalmente disponibles. Sin embargo, la atracción física sigue siendo un criterio importante, incluso en relaciones duraderas. El estudio busca entender qué motiva emocionalmente a las personas a priorizar la belleza física, más allá de explicaciones evolutivas. Conclusiones: El deseo sexual modula dinámicamente las preferencias de pareja y cuando el deseo está presente, la atracción física se vuelve más relevante. Esto ocurre tanto en hombres como en mujeres, y no depende exclusivamente de la apertura al sexo casual. Las preferencias no son fijas: cambian según el contexto emocional y motivacional. El estudio desafía la visión tradicional de que las preferencias de pareja son estables. Sugiere que el deseo sexual puede ser un motor psicológico inmediato que influye en decisiones románticas. Los investigadores proponen explorar otros factores afectivos que podrían influir en la elección de pareja, como el deseo de formar una familia o la necesidad de conexión emocional.
Por Alfredo Calcedo 31 de julio de 2025
El Gobierno ha anunciado una reforma legal que prohíbe los ingresos involuntarios de personas con trastornos mentales , salvo en casos de urgencia vital que pongan en peligro la vida del paciente o de terceros. Esta medida busca garantizar los derechos humanos y la dignidad de las personas con discapacidad psicosocial. La psiquiatra Belén González, comisionada de Salud Mental del Ministerio de Sanidad, en una entrevista en la Vanguardia , denuncia que las personas con trastorno mental sufren vulneraciones graves de derechos, siendo ingresadas a la fuerza en hospitales psiquiátricos sin garantías ni alternativas. Señala que ni siquiera los delincuentes son privados de libertad sin un proceso judicial riguroso. Antes de considerar el internamiento involuntario, se deben explorar opciones como Atención domiciliaria, Casas de crisis y Pisos tutelados. En fin, que la realidad no cambie mi ideología.