Investigan el suicidio de un niño de nueve años durante la pasada Nochebuena

20 de enero de 2026

Apertura de una investigación policial tras el fallecimiento de un menor de nueve años, en la localidad valenciana de Sagunto durante la madrugada de Navidad, que se precipitó desde la ventana de una vivienda situada en un séptimo piso, en circunstancias que han llevado a las autoridades a considerar la hipótesis del suicidio, sin descartar inicialmente otras posibilidades. 

Los hechos tuvieron lugar en el domicilio del padre del niño, donde pasaba las festividades navideñas acompañado por su padre, la pareja de este y una hermanastra. La velada de Nochebuena transcurrió con normalidad, sin que constaran discusiones ni conflictos previos, y el menor se fue a dormir aparentemente en un estado emocional estable, incluso ilusionado por la celebración de la Navidad. Horas más tarde, ya de madrugada, los adultos advirtieron su ausencia y, tras una búsqueda infructuosa por la vivienda, se produjo el hallazgo del cuerpo sin vida. 

Las primeras actuaciones policiales, en las que intervinieron la Policía Nacional, la Policía Local y un médico forense, descartaron indicios de criminalidad o violencia ejercida por terceros. La investigación quedó a cargo de unidades especializadas en familia y menores, que centran ahora sus diligencias en esclarecer de manera exhaustiva las circunstancias del fallecimiento, dadas la corta edad de la víctima y la excepcionalidad del caso. En este contexto, se analiza el entorno personal y digital del menor para determinar si pudo existir algún tipo de influencia externa o inducción. 

Por Alfredo Calcedo 20 de enero de 2026
Artículo de opinión que reflexiona sobre el papel que la psiquiatría debería asumir frente a la obesidad. El autor parte de la observación de que, aunque los psiquiatras tratan de manera habitual los factores emocionales, cognitivos y conductuales que contribuyen al aumento de peso —como los trastornos del estado de ánimo, el trauma, la impulsividad o los patrones disfuncionales de recompensa—, la psiquiatría rara vez se posiciona de manera formal en el tratamiento de la obesidad. El texto sostiene que los avances en neurociencia refuerzan la idea de que la obesidad posee una base cerebral significativa. Estudios de neuroimagen han identificado alteraciones en circuitos relacionados con la regulación del apetito, la recompensa y el control inhibitorio, áreas que coinciden con dominios clásicos de la práctica psiquiátrica. Asimismo, factores como el estrés crónico, la adversidad temprana, la privación de sueño y ciertas psicopatologías influyen de forma decisiva en estos circuitos, configurando una vulnerabilidad bioconductual al aumento de peso y a la recaída. Propone reformular el concepto de la obesidad como un trastorno con fundamentos neurobiológicos. Esta perspectiva no niega la responsabilidad personal ni los determinantes sociales y ambientales, sino que busca explicar por qué el mantenimiento de la pérdida de peso resulta tan difícil y por qué la recaída es frecuente. Desde esta óptica, la comprensión cerebral de la obesidad podría contribuir a reducir el estigma y la autoinculpación. En conjunto, el artículo invita a la psiquiatría a participar de manera más intencional y reflexiva en el cuidado de la obesidad, sin reclamar exclusividad, pero sin permanecer al margen de un problema cada vez más centrado en el cerebro.
Por Alfredo Calcedo 20 de enero de 2026
La anhedonia es un concepto multidimensional, y se desconoce qué aspectos de ella se relacionan con la heterogeneidad de las respuestas al tratamiento en el trastorno depresivo mayor (TDM). El artículo examina el papel de las dimensiones de la anhedonia (relacionada con las actividades de ocio, la alimentación, la socialización y la sensorial) en la predicción de la respuesta a la medicación antidepresiva y la farmacoterapia complementaria. El estudio se enmarca en el proyecto CAN-BIND-1 e incluye a 187 adultos con diagnóstico de TDM. Antes de iniciar el tratamiento, los participantes fueron evaluados mediante dos instrumentos estandarizados de anhedonia: la Dimensional Anhedonia Rating Scale (DARS), que discrimina entre dominios como aficiones, alimentación, interacción social y experiencias sensoriales, y la Snaith–Hamilton Pleasure Scale (SHAPS). Todos los pacientes recibieron inicialmente escitalopram durante ocho semanas. Aquellos que no alcanzaron una respuesta clínica adecuada pasaron a recibir aripiprazol como tratamiento adyuvante durante un período adicional de ocho semanas. La evolución clínica se midió mediante el cambio en la puntuación de la Montgomery–Åsberg Depression Rating Scale (MADRS). Resultados: la anhedonia sensorial se asoció con una respuesta deficiente a la monoterapia con antidepresivos serotoninérgicos. La anhedonia alimentaria y social se asoció con una respuesta deficiente al tratamiento dopaminérgico adyuvante. Conclusiones La incapacidad para disfrutar de las experiencias sensoriales y la falta de interés en la comida y las actividades sociales predicen claramente los resultados de la farmacoterapia serotoninérgica frente a la dopaminérgica. Estos hallazgos requieren replicación y extensión a otros tratamientos.
Por Alfredo Calcedo 19 de enero de 2026
La Sala Social del TSJ de Extremadura ha condenado al Servicio Extremeño de Salud a indemnizar a una médica agredida por falta de medidas de prevención de riesgos. La sentencia es importante para la protección de los profesionales sanitarios frente a las agresiones, al poner el foco no solo en la responsabilidad del agresor, sino también en el incumplimiento de la Administración sanitaria de sus deberes en materia de prevención de riesgos laborales. A partir de esta sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, se pone de relieve una vía jurídica que permite exigir responsabilidades al sistema cuando no se han adoptado medidas adecuadas para proteger a su personal (exigencia de medios). El caso concreto se refiere a una médica de atención primaria del Centro de Salud Urbano I de Mérida que fue víctima de una agresión verbal por parte de un paciente en enero de 2022, en el contexto de la aplicación de los protocolos vigentes sobre pruebas diagnósticas de covid-19. Tras ser insultada públicamente en el propio centro sanitario, los tribunales penales reconocieron los hechos y otorgaron una primera indemnización. No obstante, la facultativa decidió ir más allá y demandar al Servicio Extremeño de Salud por vulneración de su derecho a la seguridad y salud en el trabajo, al no existir un plan de prevención de riesgos ni medidas disuasorias eficaces frente a las agresiones. La sentencia destaca que la demandante, en su condición de coordinadora del centro durante varios años, había advertido reiteradamente a la Administración sobre la elevada conflictividad del entorno laboral, sin que se adoptaran medidas correctoras. Esta inacción fundamenta la condena al SES, al apreciarse una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, que da lugar a una indemnización de 10.000 euros. Más allá de la cuantía económica, el texto subraya el valor simbólico y preventivo de este tipo de resoluciones, pues visibilizan el incumplimiento legal de la Administración y refuerzan la idea de que la jurisdicción social, a la que estos conflictos acceden desde 2011, constituye un cauce más ágil y favorable para la tutela de los derechos de los profesionales sanitarios (a diferencia de la via contencioso-administrativa donde estaba antes este tipo de demandas).