Una juez certifica que la terapia Gestalt «no tiene base científica» y puede funcionar como «secta destructiva»

27 de febrero de 2025

Una juez de Instrucción en Madrid ha certificado que la terapia Gestalt no tiene base científica y puede funcionar como una secta destructiva. La sentencia absuelve a los responsables de la web "Salud Sin Bulos" de vulnerar el derecho al honor de la Asociación Española de Terapia Gestalt, quienes habían denunciado a la web por un artículo publicado en agosto de 2022.

La juez ampara la libertad de expresión de "Salud Sin Bulos", que había señalado los peligros de varias pseudoterapias, incluida la terapia Gestalt. En su fallo, la juez destaca que la terapia Gestalt no cuenta con títulos oficiales en España y puede alterar la personalidad del paciente, dejándolo a merced del psicoterapeuta. Además, la sentencia diferencia entre la "escuela Gestalt", que sí tiene aval científico, y la "terapia Gestalt", que no lo tiene.

El juicio incluyó testimonios de varios expertos, entre ellos Enrique de Diego, terapeuta Gestalt, quien admitió que no existen títulos oficiales de Gestalt en España ni en el extranjero. La juez también subraya que muchos terapeutas Gestalt no están titulados en Psicología.

La resolución judicial ha sido vista como un respaldo a la libertad de información y una advertencia sobre los riesgos de ciertas pseudoterapias. La Asociación Española de Terapia Gestalt aún puede recurrir la sentencia.

Noticia publicada en el periódico ABC.

Por Alfredo Calcedo 5 de febrero de 2026
Francia ha decidido poner fin de forma clara y definitiva a la antigua idea del “deber conyugal”, según la cual el matrimonio implicaba una obligación de mantener relaciones sexuales. Esta noción, que nunca aparecía de manera explícita en el Código Civil pero que algunos jueces habían utilizado para interpretar la “vida en común”, ha sido abolida tras la aprobación de una nueva ley en la Asamblea Nacional, con apoyo unánime. La ley establece que, a partir de ahora, cuando se celebre un matrimonio civil, el funcionario deberá leer una cláusula muy concreta: la vida en común no crea ninguna obligación de mantener relaciones sexuales. Con este gesto simbólico y jurídico, el Estado francés quiere dejar claro que el consentimiento sexual no se presume ni es permanente, ni siquiera dentro del matrimonio. La iniciativa surge en un contexto marcado por una fuerte conmoción social, especialmente tras el caso de Gisèle Pelicot, una mujer drogada por su marido y ofrecida a decenas de hombres para que abusaran sexualmente de ella. Durante el juicio, muchos acusados afirmaron que creían tener “permiso”, lo que evidenció la confusión persistente sobre el consentimiento en el ámbito conyugal. Las impulsoras de la ley subrayan que el matrimonio no puede ser un espacio donde el consentimiento se considere automático o eterno. Mantener la idea de un deber sexual equivaldría, según ellas, a legitimar relaciones de dominación y violencia dentro de la pareja. La norma también responde a demandas de jueces y abogados que pedían mayor claridad legal ante casos en los que se cuestionaba la libertad sexual dentro del matrimonio. El texto pasará ahora por el Senado y podría entrar en vigor en verano, como un paso más hacia una cultura basada en el consentimiento y el respeto.
Por Alfredo Calcedo 5 de febrero de 2026
El Ministerio de Sanidad ha puesto en marcha un estudio pionero de vigilancia epidemiológica destinado a evaluar el impacto de la DANA ocurrida el 29 de octubre de 2024 sobre la salud mental de la población afectada en la Comunitat Valenciana. La iniciativa surge en respuesta a las graves consecuencias humanas y materiales de este episodio de inundaciones, que afectó de manera especialmente intensa a 74 municipios de la provincia de Valencia y a una población aproximada de un millón de personas. El estudio se orienta a analizar de forma sistemática la aparición de síntomas de depresión, ansiedad y estrés postraumático, así como su relación con el grado de exposición a la catástrofe y con diversos factores personales, sociodemográficos y de apoyo social. Desde el punto de vista metodológico, se plantea como un estudio de cohorte prospectiva con un seguimiento de tres años. La recogida de datos se estructurará en una fase basal, aproximadamente un año después de la DANA, y en dos oleadas sucesivas a los dos y tres años. La población de referencia incluye a personas mayores de cinco años residentes en zonas clasificadas de impacto medio y alto, de las que se extraerá una muestra representativa superior a 10.000 participantes, tanto adultos como menores. Sus resultados permitirán orientar la planificación de recursos asistenciales y el diseño de medidas preventivas más eficaces, consolidando la vigilancia de la salud mental como un eje prioritario de la salud pública en un contexto de creciente frecuencia de fenómenos meteorológicos extremos.
Por Alfredo Calcedo 5 de febrero de 2026
El artículo aborda la necesidad de redefinir las políticas y prácticas vinculadas a la reincorporación laboral después de una incapacidad. En su introducción, el texto critica la visión predominante que concibe el retorno al trabajo como un mero instrumento para reducir el absentismo, acortar las bajas o disminuir costes. Frente a esta mirada reduccionista, propone un modelo centrado en la reintegración saludable, la prevención de recaídas, la adaptación del puesto y la mejora de la motivación y satisfacción del trabajador. Las incapacidades prolongadas —advierte— conllevan no solo un impacto económico sobre empresas, sistemas productivos y protección social, sino también un alejamiento progresivo del entorno laboral, lo que dificulta un regreso estable y sostenible. Asimismo, el artículo destaca los cambios normativos recientes que evitan la automatización del despido tras una declaración de incapacidad, subrayando la necesidad de abordar también el retorno tras la incapacidad permanente. El retorno al trabajo no es: una estrategia para rebajar el gasto en incapacidad temporal ni una herramienta para mejorar la productividad empresarial. Por el contrario, el retorno al trabajo sí es: una política de salud laboral, una medida de protección social, un mecanismo de rehabilitación y sanación, y un derecho a la plena integración del trabajador. Supone adaptar el trabajo a las nuevas condiciones de la persona, consolidar su recuperación funcional y valorar el papel modulador que el empleo ejerce sobre la salud y la calidad de vida. El retorno efectivo, concluye, no consiste en volver sin más, sino en hacerlo de manera saludable, eficaz y duradera, garantizando que el trabajo deje de ser causa de enfermedad para convertirse en un espacio de recuperación y estabilidad.