Por Alfredo Calcedo
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17 de octubre de 2025
Artículo publicado en El Medico Interactivo que analiza el panorama actual sobre el uso clínico y el potencial abuso del fentanilo en España , destacando su regulación, indicaciones terapéuticas, farmacología y riesgos asociados. Regulación lega l El fentanilo está regulado como estupefaciente bajo la Ley 17/1967 y el Real Decreto 1675/2012. Su prescripción requiere recetas oficiales específicas y un registro estricto de dispensación. Desde 2021, se ha implementado un visado obligatorio para las presentaciones de liberación inmediata en dolor crónico no oncológico. Tendencias de consumo Aunque el uso de opioides ha aumentado moderadamente en España entre 2017 y 2023, el tramadol sigue siendo el más consumido, seguido por el fentanilo. Las vías transdérmicas son las más utilizadas, mientras que las transmucosas han disminuido notablemente, posiblemente por medidas de control más estrictas. Presentaciones disponibles El fentanilo se comercializa en múltiples formas: Transdérmicos: para dolor crónico intenso. Sublinguales, bucales, nasales: para dolor irruptivo oncológico. Inyectables: uso exclusivo en anestesia y cuidados críticos. Cada presentación tiene indicaciones específicas, y su uso fuera de estas requiere justificación clínica y consentimiento informado. Farmacología Es un agonista μ-opioide con potencia analgésica 100 veces superior a la morfina. Su farmacocinética varía según la vía de administración, siendo muy lipofílico y metabolizado principalmente por CYP3A4. Tiene efectos analgésicos potentes, pero también riesgos como depresión respiratoria, sedación, rigidez muscular y estreñimiento. Riesgos de abuso Aunque el abuso en España es limitado (solo el 1,5% obtiene opioides sin receta), se advierte sobre el riesgo de dependencia, especialmente con formulaciones de liberación inmediata. Se recomienda vigilancia continua, revisión periódica del tratamiento y evaluación de efectos secundarios. Aspectos legales El uso no médico del fentanilo está penalizado por el Código Penal español, con penas de prisión y multas. El consumo personal no es delito, pero sí una infracción administrativa grave.