Uso y abuso del fentanilo en España: situación actual
17 de octubre de 2025
Artículo publicado en El Medico Interactivo que analiza el panorama actual sobre el uso clínico y el potencial abuso del fentanilo en España, destacando su regulación, indicaciones terapéuticas, farmacología y riesgos asociados.
Regulación legal
- El fentanilo está regulado como estupefaciente bajo la Ley 17/1967 y el Real Decreto 1675/2012. Su prescripción requiere recetas oficiales específicas y un registro estricto de dispensación. Desde 2021, se ha implementado un visado obligatorio para las presentaciones de liberación inmediata en dolor crónico no oncológico.
Tendencias de consumo
- Aunque el uso de opioides ha aumentado moderadamente en España entre 2017 y 2023, el tramadol sigue siendo el más consumido, seguido por el fentanilo. Las vías transdérmicas son las más utilizadas, mientras que las transmucosas han disminuido notablemente, posiblemente por medidas de control más estrictas.
Presentaciones disponibles
- El fentanilo se comercializa en múltiples formas:
- Transdérmicos: para dolor crónico intenso.
- Sublinguales, bucales, nasales: para dolor irruptivo oncológico.
- Inyectables: uso exclusivo en anestesia y cuidados críticos.
- Cada presentación tiene indicaciones específicas, y su uso fuera de estas requiere justificación clínica y consentimiento informado.
Farmacología
- Es un agonista μ-opioide con potencia analgésica 100 veces superior a la morfina. Su farmacocinética varía según la vía de administración, siendo muy lipofílico y metabolizado principalmente por CYP3A4. Tiene efectos analgésicos potentes, pero también riesgos como depresión respiratoria, sedación, rigidez muscular y estreñimiento.
Riesgos de abuso
- Aunque el abuso en España es limitado (solo el 1,5% obtiene opioides sin receta), se advierte sobre el riesgo de dependencia, especialmente con formulaciones de liberación inmediata. Se recomienda vigilancia continua, revisión periódica del tratamiento y evaluación de efectos secundarios.
Aspectos legales
- El uso no médico del fentanilo está penalizado por el Código Penal español, con penas de prisión y multas. El consumo personal no es delito, pero sí una infracción administrativa grave.

En esta entrevista realizada durante el congreso de la American Psychiatric Association (APA), el psiquiatra Roger McIntyre analiza una de las formas más difíciles de identificar del trastorno bipolar: los episodios con características mixtas. Se trata de situaciones en las que síntomas depresivos y síntomas maníacos aparecen al mismo tiempo, algo que puede generar gran confusión tanto en los pacientes como en los profesionales. McIntyre explica que muchas personas no presentan una manía “clásica”, sino una mezcla de tristeza, desesperanza y falta de energía junto con irritabilidad, agitación, pensamientos acelerados, ansiedad intensa o dificultad para dormir. Estos cuadros suelen ser mal diagnosticados porque pueden parecer una depresión común o incluso otros trastornos psiquiátricos. El especialista destaca que reconocer estas características mixtas es fundamental, ya que se asocian a una mayor gravedad clínica, peor funcionamiento diario y un riesgo más elevado de suicidio. Por ello, recomienda que los médicos investiguen de forma específica la presencia de síntomas de ambos polos del trastorno bipolar durante la evaluación. En cuanto al tratamiento, señala que no todos los medicamentos funcionan igual en estos pacientes. Los antidepresivos, que a menudo se utilizan como monoterapia, con frecuencia no son eficaces o desestabilizan a los pacientes con trastornos mixtos; los psicoestimulantes pueden desestabilizar los estados mixtos o de ciclo rápido, y el valproato carece de eficacia en la depresión bipolar o en el tratamiento de mantenimiento, con un riesgo teratogénico sustancial. Las opciones respaldadas por la evidencia se centran en los antipsicóticos de segunda generación con datos de características mixtas (por ejemplo, cariprazina; lumateperona /lurasidona en la depresión bipolar con características mixtas; olanzapina-samidorfán para reducir la vulnerabilidad metabólica) y el litio. El objetivo es controlar simultáneamente los síntomas depresivos y maníacos, reducir el sufrimiento y prevenir nuevas recaídas.

El artículo cuestiona la tendencia de considerar las llamadas adicciones conductuales como equivalentes a los trastornos por consumo de sustancias . Los autores señalan que gran parte de la investigación en este campo parte de la idea de que ambos fenómenos son esencialmente iguales, por lo que se utilizan las mismas teorías, métodos de estudio y herramientas de evaluación desarrolladas para las adicciones a drogas. Sin embargo, advierten que este enfoque presenta importantes problemas. Si cualquier conducta que pueda realizarse de forma excesiva —como comer, trabajar, hacer ejercicio o usar el teléfono móvil— se interpreta como una adicción, se corre el riesgo de patologizar comportamientos cotidianos y trivializar el significado real de la adicción. Además, recuerdan que la frecuencia con la que una persona realiza una actividad no demuestra por sí sola la existencia de una enfermedad. Una conducta puede ser muy frecuente sin generar problemas, mientras que el malestar asociado a ella puede estar influido por valores personales, creencias morales o normas sociales. Los autores también critican la comparación directa entre sustancias psicoactivas y comportamientos, ya que las drogas producen efectos biológicos específicos y procesos de adaptación corporal que no están claramente demostrados en muchas conductas consideradas adictivas. Como conclusión, defienden que la investigación sobre las adicciones conductuales debe desarrollar modelos propios, centrados en comprender las experiencias reales de las personas afectadas. En lugar de copiar los paradigmas de las adicciones a sustancias, proponen explorar nuevos enfoques que permitan explicar mejor estos problemas y ofrecer respuestas clínicas más precisas.

Estudio descriptivo , compuesto por una revisión bibliográfica especializada y un análisis de resoluciones judiciales, que analiza desde una perspectiva médico-legal, la relación entre los trastornos mentales y la imputabilidad penal, identificando patrones clínico-delictivos y valoraciones judiciales en casos de delitos graves. Resultados Los trastornos psicóticos fueron más frecuentes en delitos de homicidio, mientras que los trastornos de la personalidad predominaron en agresiones sexuales. La mayoría de los acusados fueron considerados plenamente imputables, incluso en presencia de trastornos mentales graves. La semiimputabilidad no supuso una reducción sustancial de las penas, y el internamiento psiquiátrico se aplicó únicamente en casos de inimputabilidad. La psicopatía, aunque identificable en algunos perfiles clínico-delictivos, no apareció como diagnóstico formal en ninguna resolución. Discusión Los hallazgos muestran una aplicación restrictiva de la eximente por trastorno mental en el sistema judicial español, en línea con el modelo mixto de valoración de la imputabilidad. A pesar del reconocimiento de psicopatología, la respuesta penal prioriza la prisión ordinaria sobre las medidas terapéuticas. Se evidencia la necesidad de herramientas diagnósticas más específicas y de recursos forenses y penitenciarios adecuados para integrar el enfoque clínico y jurídico en la evaluación de la responsabilidad penal.


